Libro
m 0,1,l~0EN LEWíll1(1(1,\SAlM~CORl'OIIACll!'• S 0( JUSTICIA or cu 0M 1ft 130 del empleador investigar el estado de gravidez de ella con el propósito de condi– cionar su ingreso o permanencia laboral, y la redacción del Código Civil, donde se aclara que conceptos como el de hombre, comprenden indistintamente a los varones y a las mujeres. Por la Corte Suprema de Justicia, en su Sala de Casación Civil, el pronunciamiento sobre la unión marital de hecho y sociedad patrimonial, mismo en el que se ha reconocido un estado civil entre los compañeros permanentes, y el concerniente a el rechazo de una aspirante al Inpec por su estado de embarazo; en la sala de Casación laboral, la que permitió por primera vez a la compañera permanente sustituir la pensión del compañero fallecido, pues antes solo se le otorgaba ese dere– cho a la esposa o esposo supérstite; y aquella que confirió la pensión de sobreviviente a la cónyuge que no convivía con su marido por maltrato de éste, y encontrándose en ese estado falleció él; en la Sala de Casación Penal, las situaciones en las que una mujer solicita el beneficio de prisión domiciliaria, analizando las particularidades de su entorno familiar y el beneficio que su estadía en casa representa para los hijos, y la decisión en la que se insta a los sujetos procesales, especialmente a los abogados, para que se abstengan de utilizar argumentos que sean lesivos para la dignidad de la mujer, como aquellos en los que se aduce "la existencia de vínculos matrimoniales, uniones maritales, relaciones sentimentales o de cualquier otra índole", para justi– ficar la perpetración de comportamientos de índole violento que afectan la libertad sexual; en el Consejo de Estado, la que declara la vulneración de derechos de las mu– jeres en condiciones de desplazamiento, y la que determinó que a las mujeres que se gradúan en colegios militares, debe expedírseles la libreta militar de primera clase, al igual que los varones. Total que un país sin leyes que incluyan la igualdad de sexos, y sin jueces que protejan a las mujeres, nos resultará extraño y primitivo. En Egipto, por ejemplo, recientemente la prensa registró con entusiasmo que al principio de las famosas revueltas por la "democracia", "las mujeres se encargaron de esos detalles que no preocupan a los grandes 'oradores': desde el arreglo de las tiendas en la plaza hasta el aprovisionamiento de agua y de comida". No obstante, cuando ellas decidieron no solo apoyar a sus esposos, hermanos e hijos en pro de la democracia, sino reivindicar sus propios derechos en la denominada marcha del millón de mujeres del 8 de marzo de 2011, fueron rechazadas por sus otrora compa– ñeros de gesta. Además, a algunas de ellas, se decidió capturarlas y someterlas a un desagradable y salvaje "test de virginidad", luego del cual, si se comprobaba que no eran castas, pasaban a ser sindicadas del delito de prostitución 44 • Lo anterior, señoras y señores, ocurrió este año, y en un mundo en el que se cree civilizado y con respeto a ciertos mínimos de justicia y equidad. El Encuentro de Género de las Altas Corporaciones de Justicia de Colombia que hoy se instala, será entonces un escenario propicio para continuar reflexionan– do en la trascendental tarea que tenemos los funcionarios judiciales, organismos H Datos obtenidos de CURREA-LUGO. Víctor. Las revueltas en el mundo Árabe. El Espectador. 2 de junio de 2011.
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