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1 INS!AI ,\Ul IW l OCTAVO INC!,fl,lfi, OE ACTAS COíll'OflAl:IONf.'i ílE tllSTl~IA í¡( Lüf,IRI•\ Legal, De los 50.058 casos de violencia conyugal reportados ante el Instituto entre enero y septiembre del año pasado, 88% de las víctimas fueron mujeres que termi– naron golpeadas o maltratadas. Ya en todo 2008, de los 1.139 homicidios de mujeres registrados, 92 fueron cometidos por su compañero sentimental 40 • El desplazamiento golpea con más fuerza a las mujeres, porque ellas deben asumir la doble carga de sostenerse y mantener a los hijos, en una sociedad que no las incorpora, primero por su proveniencia lejana, y segundo por el mero hecho de ser mujer. En cuanto al desplazamiento sobre las mujeres, la Red de Solidaridad Social señaló que el mismo "tiene efectos específicos sobre las mujeres; en suma– yoría, éstas se convierten en jefas de hogar debido a la viudez, a la ruptura de sus relaciones de pareja, o a la pérdida de su compañero o de sus hijos. Aparte de que el destierro ocasiona un fuerte trauma psicológico, el desplazamiento hace recaer casi exclusivamente en ellas la responsabilidad del sostenimiento afectivo y económico de la famiLia" 4 1. Parece ser que hay otros factores a ser tenidos en cuenta, más allá de los norma– tivos, y que no hacen posible que se consiga la equiparación deseada por el constitu– yente y el legislativo. Indagar cuáles son y cómo solucionarlos, es parte de la tarea a la que estamos llamados y llamadas los aquí presentes. En suma, apreciados y apreciadas asistentes a este encuentro, hemos adquirido el compromiso de impulsar el desarrollo de los derechos a la igualdad y no discri– minación de las mujeres, haciéndolos reales y palpables en todos los campos, y par– ticularmente en el de la administración de justicia, espacio que otrora era "técnico, mecánico, anodino y opaco", pero que en los momentos actuales es un elemento principal dentro de la estructura del Estado, y un factor importante en la definición de las disputas institucionales y sociales. lo cual responde al fenómeno de la glo– balización, que impone a los operadores judiciales aplicar normas de carácter su– pranacional (tratados, convenidos, declaraciones), bajo unos fundamentos teóricos sustentados en la concepción del derecho como una práctica social compleja 42 • En el caso de grupos marginados o en condiciones de desventaja, como el de las mujeres, esta transformación en la concepción deJ derecho emerge afortunada, pues, los jueces, al decidir los asuntos relacionados con esa temática, podrán acudir a normas supranacionales y constitucionales1que permeadas de principios ayudarán a proveer una verdadera justicia en el litigio planteado, alejándose, en ocasiones, de la Literalidad de ciertas reglas de orden legal, que perpetúan la visión patriarcal tradicional de nuestra sociedadº, siendo varias las decisiones proferidas con estas características por ellos en los últimos tiempos. Ejemplo claro en este tipo de renovada jurisprudencia, son entre otras las si– guientes decisiones: Por la Corte Constitucional la relativa a la estabilidad laboral reforzada de mujer embarazada, que consjdera ilegitimo e inconstitucional por parte 40 Dalos registrados en la página d e la Alla Consejería para la equidad de la mujer. 41 Citado por FORERO Edgar. El Desplazamiento Interno Forzado en Colombia. 42 UPRYMNY Rodrigo y otros. Justicia para todos. Grupo Edllorlal Norma. 43 UPRJMNY Rodrigo y otros. Ob cíL 129

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