Libro
1 l'l'iTAI.I\Cll1N ílEl OClAVO f Ncl tHm,O (J( AllAC: COR."OMr.lONE:. IJf 1IIS11~1A C[ COlOMlllA de discriminación contra Ja mujer", "CEDAW", acto basilar de los derechos humanos específicos de la mujer. Se suele denominar a esta Convención como la "carta de los derechos de las mujeres" debido a que define el significado de ladiscriminación contra la mujer y es– tablece una serie de obligaciones jurídicas 1·especto de los Estados Partes para poner fin a esa discriminación. Asimismo consagró la igualdad entre hombres y mujeres, estableciendo la equi– dad de oportunidades en todos los terrenos y describiendo los derechos civiles, po– líticos, económicos, sociales y culturales. La Cuarta Conferencia Mundial sobre la mujer en Beijin, en 1995, se preguntó por qué los esfuerzos de los dos decenios anteriores, contados a partir de la Conferen– cia de México en 1975, no habían podido alterar la estructura básica de desigualdad en las relaciones entre el hombre y la mujer. Los varones continuaban adoptando las determinaciones que trascendían a la vida de todos los seres humanos. por lo cual era menester hallar los mecanismos para vigorizar el papel de la mujer de manera que pudieran hacer valer sus propias priori– dades y valores, como participante en pie de igualdad con el hombre en los procesos de adopción de decisiones a todos los niveles. El punto de quiebre que se produjo en Beijing, consistió en introducir la pers– pectiva de género como eje esencial de las proclamas y vindicaciones de las mujeres, reconociéndose así que "toda la estructura de la sociedad, y todas )as relaciones entre los hombres y las mujeres en el interior de esa estructura, tenían que ser reevaluadas". Únicamente mediante esa reestructuración fundan1ental de la sociedad y sus instituciones, sería posible potenciar plenamente el papel de la mujer para que ocu– para el lugar que Jes correspondía como particípanle en pie de igualdad con el hom– bre en todos los aspectos de la vida. Este cambio representó una reafirmación de que los derechos de la mujer eran derechos humanos y de que la igualdad entre los géneros 01·a una cuestión de interés universal y de beneficio para todos. La Conferencia de Beijing, por lo demás, renovó el compromiso de todos los Estados. en promover la potenciación del papel de la mujer en todos los ámbitos de la vida ptíblica y privada. Asimismo, aprobó por unanimidad la Declaración y la Plataforma de Acción de Beijing. en la que se- identifican doce esferas de especial preocupación que se considera representaban los principales obstáculos al adelanto de la mujer y que exigen Ja adopción de medidas concretas por parte de los gobiernos y la sociedad civil. Son ellas: (1) la mujer y la pobreza; (2) la educación y lacapacita– ción de la mujer; (3) la mujer y la salud; (4) la violencia contra )a mujer; (5) la mujer y los conflictos armados; (6) la mujer y la economía; (7) la participación de la mujer en el poder y la adopción ele decisiones; (8) los mecanismos institucionales para el ade– lanto de la mujer; (9) los derechos humanos de la mujer; (10) la mujer y los medios de comunicación; (11) la mujer y el medio ambiente; y (12) la niña. 125
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