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- SEXTO ENCUENTRO - SAN ANDRÉS 2008 Surgen ahora ideas para reformular y diseñar estrategias de capacitación a nuestros operadores jurídicos que permitan a los Jueces de la República familiarizarse con la abundan te normativa tanto nacional como internacional a favor de la mujer, y actualizarse en materia jurisprudencia! con perspectiva de género emanada de las distintas instancias judiciales. Debe considerarse este ejercicio como el primer paso para la formulación de doctrina jurídica con perspectiva de género en Colombia. El objetivo inmediato debe ser, lograr la incorporación de estos estudios en todas las facultades de derecho del país, para garantizar que los nuevos abogados, hayan tenido un contacto serio y profundo con esta temática. Ya no es el momento de declaraciones retóricas ni de planes de acción gaseosos, es hora de poner en práctica un ambicioso plan de acción en orden no sólo a sensibilizar a los jueces y juezas en esta materia, con la transmisión de una teoría de género, sino de aprender de las lecciones del pasado: conocer no sólo los desarrollos legales y jurisprudenciales para sistematizarlos, mediante compilaciones que se publiquen y distribuyan en todas las bibliotecas judiciales del país para así difundirlos e incorporarlos en las labores cotidianas, sino identificar los vacíos e inconsistencias que aquellos presenten. El compromiso a asumir es la realización de un serio y riguroso trabajo de levantamiento est~dístico, con que hoy no se cuenta a nivel judicial, para identificar los problemas de género que acusa nuestro país. Sabemos, por ejemplo, cuántos eventos de violencia intrafamiliar se denuncian diariamente, pero la información no permite discriminar al sujeto pasivo de la misma, ni a los móviles o condiciones tipo en que se presentan. Esta información resulta de vital importancia para poder adoptar las medidas del caso, tales como la formulación de diagnósticos claros sobre la falta de una adecuada implementación de la perspectiva de género en la administración de justicia, lo que conduce a fomentar la discriminación por razones de género en esta función pública tan vital en el logro de la convivencia armónica y pacífica. La invisibilidad de la mujer y la carencia de la perspectiva de género en la Administración de Justicia serán en un futuro inmediato cosa del pasado. Discriminación, desigualdad, opresión y violencia contra la mujer, son palabras ominosas que tendrán que salir de nuestra vivencia cotidiana. Las editoriales jurídicas Temis, Astrea y Diké han simbolizado la potestad de administrar justicia en occidente bajo la bella figura femenina . ¿Por qué si estas diosas suelen representarse con una venda que les tapa los ojos, significando su absoluta imparcialidad, no equilibrar de nuevo la balanza y reivindicarle a la mujer el espacio que siempre ha debido ocupar y que paulatinamente ha comenzado a obtener en la administración de justicia?. Se propone, por ejemplo, crear una suerte de Centros de Atención Inmediata para las denuncias de las mujeres, que no sólo sirva para el acopio de la denuncia sino para la rehabilitación de la mujer violentada, que tengan en cuenta que a más del grave daño físico y emocional que conlleva la oprobiosa violencia contra la mujer. No puede someterse a la víctima al insensato y kafkiano proceso de denuncia que termina por estigmatizarla y golpearla aún más. 393
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