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Constitución Política de Colombia PARÁGRAf-O. Cuando los funcionarios antes enumerados hubieren cesado en el ejer– cicio de su cargo, el fuero sólo se manlendrá para las conduelas punibles que Lengan relación con las funciones desempeiiadas. (58, 117,118, 149, 156, 174, 175-2-3, 187, 189, 192, 193, 194, 196,197,199, 208, 214-5, 249, 251 -1, 252,254, 268, 272, 273, 274, 275, 280 y 281) CAPÍTULO 111 DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA ARTÍCULO 236. El Consejo de Estado tendrá el nú1nero in1par de J\iagistrados que detennine la ley. F.l Consejo se dividirá en salas y secciones para separar las funciones jurisdiccionales de las demás que le asignen la Constitución y la ley. La ley sefialará las funciones de cada una de las salas y secciones, el número de magis– lrados que deban inlegrarlas y su organizaci<Ín inlerna. (116, 118 y 231 al233) ARTÍCULO 237. Son atribuciones del Consejo de Estado: l. Dese1npeñar las funciones de tribunal supre1no de lo contencioso administrativo, con– fonne a las reglas que señale la ley. 2. Conocer de las acciones de nuüdad por inconslilucionalidad de los decrelos dictados por el Gobierno Nacional, cuya compelencia no corresponda a la Corle Conslilucional. 3. Actuar como cuerpo supremo consultivo del Gobierno en asuntos de administración, debiendo ser necesariamente oído en todos aquellos casos que la Constitución y las leyes detenninen. En los casos de Lránsilo de Lropas exlranjeras por el lerrilorio nacional, de estación o lránsilo de buques o aeronaves cxlranjeros de guerra, en aguas o en Lerrilorio o en espacio aéreo de la naci<Ín, el gobierno debe oír previamenle al Consejo de F.slado. 4. Preparar y presentar proyectos de actos reformatorios de la Constitución y proyectos de ley. 5. Conocer de los casos sobre pérdida de la investidura de los congresistas, de conformi– dad con esta Constitución y la ley. 6. Darse su propio regla1nento y ejercer las den1ás funciones que determine la ley. 7. Adicionado por el artículo 8º del Acto Legislativo 1 de 2009. Corregido por el decreto 3259 de 2009. Conocer de la acción de nulidad electoral con sujeción a las reglas de competencia establecidas en la ley. Pi\RJ\.GR/\FO. Para ejercer el Contencioso Electoral ante la Jurisdicción Administra– tiva contra el acto de elección de carácter p opular cuando la demanda se fundamente en causales de nulidad por irregularidades en el proceso de votación y en el escrutinio, es requisito de procedibilidad son1eterlas, antes de la declaratoria de elección, a exa- [ 75 l

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