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Título V El retiro se hará: por calificación no salisfacloria en el dese1npeño del empleo; por violación del régimen disciplinario y por las de1nás causales pre,ristas en la Constitución o la ley. En ningún caso la filiación política de los ciudadanos podrá determinar su nombra– miento para un e1nplco de carrera, su ascenso o remoción. PARÁGRAPO. Adicionado por el artículo 6º del Acto Legislativo 1 de 2003. los períodos establecidos en la Constitución Política o en la ley para cargos de elección tienen el carácter de institucionales. Quienes sean designados o elegidos para ocupar tales cargos, en reem– plazo por falta absoluta de su titular, lo harán por el resto del período para el cual éste fue elegido. (40-7, 73, 110, 123, 126, 130, 150-23, 189·13-14, 217, 218,232, 256-1, 266,268, 279, 292 y 368) ARTÍCULO 126. los servidores públicos no podrán non1brar co1no en1pleados a per– sonas con las cuales tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civi l, o con quien estén ligados por matrimonio o unión permanente. Ta1npoco podrán designar a personas vinculadas por los mis1nos lazos con servidores pú– blicos competentes para intervenir en su designación. Se exceptúan de lo previsto en este artículo los non1bnunientos que se hagan en aplica– ción de las normas vigentes sobre ingreso o ascenso por méritos. (.U, 42, 123, /2S, 127, 129, 130, 179-6, 180, 192, 196, 204, 217, 233, 256- 1, 292 y 299) ARTÍCULO 127. Los servidores públicos no podrán celebrar, por sí o por interpuesla persona, o en representación de otro, contrato alguno con entidades públicas o con perso– nas privadas que 1uanejen o adnlinistren recursos públicos, salvo las excepciones legales. Inciso modificado por el ,1rtículo 1 º del Acto Legislativo 2 de 2004. A los empleados del Eslado que se desempef1en en la Rama Judicial, en los órganos eleclorales, de control y de seguridad les eslá prohibido Lomar parle en las aclividades de los parlidos y movirnienlos y en las controversias políticas, sin perjuicio de ejercer libre1uente el derecho al sufragio. A los nlie1ubros de la fuerza Pública en servicio activo se les aplican las li1nitaciones contem– pladas en el artículo 219 de la Constitución. Inciso mod!ficado por el artículo 1" del Acto Legislativo 2 de 2004. Los empleados no conlemplados en esla prohibición solo podrán parlicipar en dichas aclividades y conlro– versias en las condiciones que señale la Ley Estatutaria. La utilización del empleo para presionar a los ciudadanos a respaldar una causa o cam– paña política constituye causal de mala conducta. Tnciso adicionado por el artículo l º del Acto l,egislativo 2 de 2004. Cuando el Presidente y el Vicepresidente de la República presenten sus candidaturas, solo podrán participar en las [ 42 l

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