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Constitución Política de Colombia PARÁGRAfO TRANSITORIO 2". Si la Lasa de crecimiento r eal de la econo1nía (Pro– ducto Interno Brulo, PIB) certificada por el DANE para el año respectivo es superior al 4%, el incremento del SGP será igual a la lasa de inflación causada, más la Lasa de crecimiento real señalada en el parágrafo Lransilorio lo del presente artículo, más los puntos porcentua– les de diferencia resu\Lanles de comparar la lasa de crecimiento real de la economía cetliÍJ– cada por el DANE y el 4%. F.slos recursos adicionales se destinarán a la atención integral de la primera infancia. El aumento del SGP por mayor crecimienlo económico, de que lrala el presente parágrafo, no generará base para la liquidación del SGP en años posteriores. PARÁGRA:r:O TRANSITORIO 3º. El Sistema General de Participaciones, SGP, tendrá un crecimienlo adicional a lo establecido en los parágrafos transitorios anteriores para el sector educación. La evolución de dicho crecimiento adicional será así: en los afios 2008 y 2009 de uno punto tres por cienLo ( 1.3%), en el afio 201O de uno punto seis por cien lo ( 1.6%), y duran le los años 2011 a 2016 de uno punto ocho por cienlo ( 1.8%). En cada uno de estos años, este aumento adicional del Sistema no generará base para la liquidación del monto del S(;p de la siguiente vigencia. Estos recursos se destinarán para cobertura y ca– lidad. PARJ\GRAFO TRANSITORIO 1º. El Gobierno Nacional definirá unos criterios y tran– siciones en la aplicación de los resultados del último .::enso realizado, con el propósito de evitar los efectos negativos derivados de las variaciones de los datos censales en la distribu– ción del Sistema General de Participaciones. El Siste1na orientará los re.::ursos necesarios para que de ninguna 1nanera, se disminuyan, por razón de la pobladón, los recursos que reciben las entidades territoriales actualn1ente. ARTÍCULO 5º. El presente a.::to legislativo rige a partir del l o de enero de 2008. La Presidenta del honorable Senado de la República, DlLlAN rRANClSCA TORO TORRJ:.'.S. El Secretario General del honorable Senado de la República, EMILIO RA...\1ÓN OTERO DAJUD. El Presidente de la honorable Cá1nara de Representantes, ALFREDO APE CUELLO .l:lAU'l'E. F.I Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, AN<~RLTNO T.TZCANO RIVERA. Nota: Acto legislettivo declarado exequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-427 de 2008. Ver Se11te11cia C-1058 de 2008. 1215]

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