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ACTO LEGISLATIVO 3 DE 2007 (julio 10) Diario ü_ficial No. 46.685 de 10 de julio de 2007 CONGRESO DE lA REPÚBLICA Por n1edio del cual se modifica el artículo 323 de la Constitución Política. El CONGRESO DE COLO1-1.BlA DECRETA: ARTÍCULO lº. El inciso lo del artículo 323 de la Constitución Política quedará así: Artículo 323. El Concejo Distrit.al se compondrá de cuarenta y cinco (45) concejales. ARTÍCULO 2º. VTGFNCTA Y l)F,ROGATORTA. Lo dispueslo en el presenle Aclo Le- gislalivo, regirá a partir de las elecciones que se celebren en el año 2007, y deroga las normas que le sean contrarias. La PresidcnLa del honorable Senado de la República, DILIAN foRANCISCA TORO TORRES F.l Secretario General del honorable Senado de la República, F.i'v1ILTO RAiVIÚN OTERO DAJUD F.l Presidenle de la honorable Cámara de Represenlanles, ALFREDO APE CUELLO BAUTE El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, ANGELINO LIZCANO RIVERA 1212]
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