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Acto Legislativo 1 de 2003 lerritorio nacional en elecciones de Cámara de Represenlanles o Senado. Las perderán si no consiguen ese por.:enta,ie en las elecciones de las mis1nas Corporaciones Públi.:as. Se ex.:ep– túa el réghnen excepcional que se estatuya en la ley para las círcunscripdones de 1ninorías, en las cuales bastará haber obtenido representación en el Congreso. Los parlídos y movimienlos políticos con personería jurídica reconocida podrán ins– cribir candidatos a elecciones sin requisito adicional alguno. Dicha inscripción deberá ser avalada para los mismos efeclos por el respectivo repre– sentante legal del partido o movin1iento o por quien él delegue. Los 1novünienlos sociales y grupos signiftcalivos de ciudadanos la1nbién podrán ins– cribir .:andidatos. La ley determinará los requisitos de seriedad para la inscripción de candidatos. Los estatutos de los partidos y n1ovimientos políticos regularán lo atinente a su régimen disciplinario interno. Los miembros de las Corporaciones Públicas elegidos por un mismo partido o movimiento polílico o ciudadano actuarán en ellas como bancada en los ténninos que señale la ley y de conforn1idad con las decisiones adoptadas demo.:rátican1ente por eslas. Los estatutos internos de los partidos y 1novin1ientos políticos determinarán los asun– los de conciencia respeclo de los cuales no se aplicará esle régimen y podrán eslablccer sanciones por la inobservancia de sus directrices por parte de los nliembros de las banca– das, las cuales se fijarán gradualmente hasta la expulsión, y podrán incluir la pérdida del derecho de voto del congresista, diputado, concejal o edil por el resto del período para el cual fue elegido. PARÁGRAFO 'l'RANSlTORlO 1". los partidos y movimientos políticos con Persone– ría Jurídica reconocida actualmente y con representación en el Congreso, conservarán tal personería hasla las siguienles elecciones de Congreso que se realicen con poslerioridad a la promulgación del presente A.:to Legislativo, de cuyos resultados dependerá que la .:on– serven de acuerdo con las reglas dispuestas en la Constitución. 1Vota: Ver Sentencias de la Corte Co11stitucío11al C-1124 de 2004 y C-242 de 2005. Para efectos de participar en cualquiera de las elecciones que se realicen desde la en- .. . trada en vigencia de esta Reforma hasta las siguientes ele.:.:iones de Congreso, los partidos y movirn.ienlos políticos con represenlación en el Congreso podrán agruparse siempre que cu1nplan con los requisitos de votacíón exigidos en la presente Refonna para la obtención de las personerías jurídicas de los partidos y movimientos políticos y obtengan personería jurídica que ree1nplazará a la de quienes se agrupen. la nueva agrupación así constituida gozará de los benefi.:ios y .:umplirá las obligaciones, consagrados en la Constitución para los parlidos y movimienlos políticos en materia cleclotal. [ 182]

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