Libro

Cor,stitucióri Política de Colombia del Eslado, d cual eslará sometido al control de legalidad por parte del juez que ejerza las funciones de ..::ontrol de garantías. Se exceptúan los delitos co1netidos por J\;líembros de la fuerza Pública en servicio activo y en relación con el 1nis1no servicio. En ejercicio de sus fwiciones la Fiscalía General de la Nación, deberá: l. Solicitar al juez que ejerza las fun..::iones de control de garantías las medidas necesarias que aseguren la ..::01nparecencia de los imputados al proceso penal, la conservación de la prueba y la protección de la comunidad, en especial, de las víctimas. El juez que ejerza las funciones de control de garantías, no podrá ser, en ningún caso, el juez de conocimienlo, en aquellos asunlos en que haya ejercido esla función. La ley podrá facultar a la fiscalía General de la Nación para realiz.ar excepcionalmenle capturas; iguahnente, la ley íijará los límites y eventos en que proceda la captura. En es– tos casos el juez que cumpla la función de control de garantías lo realizará a más tardar dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes. 2. Adelanlar registros, allanamienlos, incaulaciones e inlerceplaciones de comunicacio– nes. En estos eventos el juez que ejerza las funciones de control de g-arantías efectuará el control posterior respectivo, a más tardar dentro de las treinta y seis (36) horas siguicn– lcs, (al solo efecto de tenninar su validez.) Nota: Aparte entre p,1ré11tesis declarado inexequiE>le por la Corte Constitucional en Sen– tencia C- / 092 de 2003, 3, Asegurar los elen1entos materiales probatorios, garantizando la cadena de custodia mientras se ejerce su contradicción. En caso de requerirse medidas adi cionales que impliquen afectación de derechos fundamentales, deberá obtenerse la respectiva auto– rización por par le del juez que ejerza las funciones de conlrol de garanlías para poder proceder a ello, 4. Presentar escrito de acusación ante el juez de conocin1iento, con el fin de dar inicio a un jui..::io públi..::o, oral, ..::on inmediación de las pruebas, contrad ictorio, concentrado y con todas las garantías. 5. Solicitar ante el juel, de conocimiento la predusión de las invesligaciones cuando según lo dispuesto en la ley no hubiere mérito para acusar. 6. Solicitar ante el juez de conocimiento las medidas judiciales necesarias para la asisten– cia a las víctimas, lo mismo que disponer el reslablccitnienlo del derecho y la repara– ción integral a los afectados con el delito. 7. Velar por la protección de las víctiinas, los jurados, los testigos y demás intervinientes en el proceso penal, la ley fijará los términos en que podrán intervenir las ví.ctimas en el proceso penal y los mecanismos de justicia restaurativa. 8, Dirigir y coordinar las funciones de policía Judicial que en fonTia permanente cumple la Policía Nacional y los demás organismos que señale la ley, 9. Cumplir las de1nás funciones que establezca la ley. El Fis..::al General y sus delegados tienen competencia en todo el territorio nacional. [ 177 l

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