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Constitución Política de Colom/,ia nacionales por adopci6n no estarán obligados a renunciar a su nacionalidad de origen o adopción. Quienes h ayan renunciado a la nacionalidad colo1nbiana podrán recobrarla con arre– glo a la ley. Nota: Los errores de digitación que aparecen en el te.:xto son los que aparecen en el Diario Oficial. ARTÍCULO 2º. Este acto legislativo rige a partir de su publicación y deroga todas las nonnas que le sean contrarias. El Presidente del honorable Senado de la República, CARLOS GARCfA ORJUELA El Secretario General del honorable Senado de la República (E.), LUIS PRANCISCO BOADA GÚMEZ El Presidenle de la honorable Cámara de Reprcscnlanles, GUILLER.\10 GAVIRIA ZAPATA El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, ANGELINO LIZCJ\NO RIVER1\ REPÚBLICA DE COLOMBIA - C~OBTERNO NACIONAL PUBLÍQUESE Y CÚ1vlPLJ\SE. Dada en Bogotá, D. C., a 25 de enero de 2002. ANDRÉS PJ\STRJ\Ni\ i\RANGO El Y[inistro de Relaciones Exteriores, GUTLLF.RJvlO FERNÁNDE7. DE SOTO 1 171 l

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