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Constitución Política de Colombia bación. Si vencido eslc Lérmino no se ha expedido la ley por parle del Congreso, se faculta por un (1) ,nes al Presidente de la República para expedir decretos con fuerza de ley para regular la maletia. PARÁGRAl{) 5º TRANSITORIO. El Sistema General de regalías regirá a partir de lo de enero de 2012. Si para esta fecha no ha entrado en vigencia la ley de que trata el inciso 2º del artículo anterior, el Gobierno Nacional garantizará la operación del Sislema 1nedianle decretos transitorios con fuerza de ley, que expedirá a más tardar el 31 de dicien1bre de 2011. PARAGRAFO 6º TRANSITORIO. Para asegurar la ejecución de los recursos en la vi– gencia 2012, el Gobierno Nacional expedirá el presupuesto del Siste1na General de Regalías para la citada vigencia fiscal, mediante un decreto con fuerza de ley. (.H, 19, 66, 67, 79, 80, 88, 267,268,286,300,307, .310, 317,331, 3:H, 339 y 360) ARTÍCULO 362. Los bienes y rentas tributarias o no tributarias o provenientes de la explotación de monopolios de las entidades territoriales, son de su propiedad exclusiva y gozan de las mismas garantías que la propiedad y renta de los particulares. Los impuestos departamentales y municipales gozan de protección constitucional y en consecuencia la ley no podrá trasladarlos a la Nación, salvo temporalmente en caso de guerra exterior. (JS, S9, 97, ISO, /S4, t 73, /89-S, 212,214, 223,237,286, 294,300,336, 338, 34S, 3.56 y 357) ARTÍCULO 363. El sistema tributario se funda en los principios de equidad, eficiencia y progresividad. Las leyes tributarias no se aplicarán con relroaclividad. (1 , 2, 58, 116, 150, 209, 226, 227, 230,247,267,338, 345 y 360) ARTÍCULO 364. El endeudamiento inten10 y externo de la Nación y de las enlidades territoriales no podrá exceder su capacidad de pago. La ley regulará la materia. (W6, 128, 150,151,268,286, 295, 325, .329, 3.39, 352, 35.3, 356, .366 y 373) CAPÍTULO V DE LA FINALIDAD SOCIAL DEL ESTADO YDE LOS SERVICIOS PÚBLICOS ARTÍCULO 365. Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Es lado asegurar su preslación eficiente a lodos los habitantes del Lerritorio nacional. Los servicios públicos estarán sometidos al régin1en jurídico que fije la ley, podrán ser prestados por el Eslado, directa o indirectamente, por comunidades organizadas, o por particulares. En todo caso, el Estado 1nantendrá la regulación, el control y la vigilancia [ 123]

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