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Título XII ARTÍCULO 343. La entidad nacional de planeación que señale la ley, Lendrá a su cargo el diseño y la organiza.::ión de los sistemas de evaluación de gestión y resultados de la adtni– nistración pública, tanto en lo relacionado con políticas co1no con proyectos de inversión, en las condiciones que ella determi ne. (40, /03, /35, /89- 12, 209,267, 268-2, 29/, :l39, .3</1 y344) ARTÍCULO 344. Los organismos departamenlales de planeación harán la evaluación de gestión y resultados sobre los planes y programas de desarrollo e inversión de los de– partamentos y municipios, y participarán en la preparación de los presupuestos de estos úllimos en los Lérminos que señale la ley. En todo caso el organismo nacional de planeación, de 1nanera selectiva, podrá ejercer dicha evaluación sobre cualquier entidad territorial. (267, 272, 286, 287, 288, 289, 298, 300-3, 310, 3 / /, 3 /3-2, 317a/320, l39, 312,313,352, 353, 356, 357 y 368) CAPÍTULO 111 DEL PRESUPUESTO ARTÍCULO 345. En tien1po de paz no se podrá percibir contribución o ünpuesto que no figure en el presupuesto de rentas, ni hacer erogación con cargo al Tesoro que no se halle incluida en el de gastos. Tampoco podrá hacerse ningún gaslo público que no haya sido decrelado por el Con– greso, por las asambleas departan1entales, o por los concejos distritales o municipales, ni transferir crédito alguno a objeto no previsto en el respectivo presupuesto. (95 9, 150 11 12, 151, 154, 200, 212, 215,260,267,272,287 3, 294, 2.99 al 301, 305 4, 308, 313,315 5, 317, 318, 338, 346, 350, 356, 357, 362 y 368) ARTÍCULO 346. lnciso modificado por el artículo 3" del Acto Legislativo 3 de 2011. El Gobierno formulará anualmente el presupuesto de rentas y ley de apropiaciones, que será presentado al Congreso dentro de los primeros diez días de cada legislatura. El presupuesto de renlas y ley de apropiaciones deberá elaborarse, presentarse y aprobarse denlro de un mateo de soslenibilídad fiscal y corresponder al Plan Nacional de Desarrollo. En la ky de Apropiaciones no podrá incluirse partida alguna que no corresponda a un crédito judidalmente reconoddo, o a un gasto de.::retado conforn1e a ley anterior, o a uno propuesto por el Gobierno para atender debidamente el fundonan1iento de las ramas del poder público, o al servicio de la deuda, o destinado a dar cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo. Las comisiones de asunlos económicos de las dos cámaras deliberarán en forma con– junla para dar primer dehate al proyeclo de Presupuesto de Renlas y Ley de Apropiaciones. (115, 138, 140, 142, 150-3, 151, 154, 157-2, 161, 200-4, 214-3, 268-3, 33.9, 341,345,348 al 350 y 352) [ 112 l

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