Libro
demostrar posesión regular o irregular por los términos establecidos en la ley para la pres– cripción ordinaria o extraordinaria sobre bienes inmuebles urbanos cuyo avalúo catastral no su– pere los doscientos cincuenta salarios mínimos legales mensuales vigentes (250 smlmv), En el evento en Que el bien objeto del proceso no cuente con avalúo catastral, se tendrá en cuenta su valor comercial, el cual será indicado por el demandante en la demanda, y no deberá ser su– perior a doscientos cincuenta salarios mínimos legales mensuales vigentes (250 smmlv}. Parágrafo. La declaración de pertenencia y el saneamiento de la falsa tradición de la vivienda de interés social se regirán por las normas sus– tanciales para la prescripción establecidas en el artículo 51 de la Ley ga de 1989. Artículo 5º.Proceso verbal especial. Los asuntos objeto de esta ley se tramitarán por el proceso verbal especial aquí previsto y se guiarán por los principios de concentración de la prueba, impulso oficioso, publicidad, contradic– ción y prevalencia del derecho sustancial. En lo no regulado en esta ley, se aplicarán las disposi– ciones previstas para el proceso verbal de decla– ración de pertenencia en el estatuto general de procedimiento vigente. Artículo 6º. Requisitos. Para la aplicación del proceso verbal especial de que trata esta ley, se requiere: 1. Que los bienes inmuebles no sean imprescrip– tibles o de propiedad de las entidades de dere– cho público, conforme a los artículos 63, 72, 102 y 332 de la Constitución Política y, en general. bienes cuya posesión, ocupación otransferencia, según el caso, estén prohibidas o restringidas por normas constitucionales o legales. El juez rechazará de plano la demanda odeclara– rá la terminación anticipada del proceso, cuando advierta que la pretensión recae sobre bienes de uso público, bienes fiscales, bienes fiscales adju– dicables o baldíos, cualquier otro tipo de bien im– prescriptible o de propiedad de alguna entidad de derecho públíco. Las providencias aque se refiere este inciso deberán estar debidamente motivadas ycontra ellas procede el recurso de apelación. 2. Que el demandante posea o haya poseído materialmente el inmueble en forma pública, pacífica e ininterrumpida, y por los términos es– tablecidos en la presente ley. 3. Que sobre el inmueble no se adelante proce– so de restitución de que tratan la Ley 1448 de 2011 y el Decreto 4829 de 2011, o cualquier otro proceso judicial o administrativo tendiente a la reparación o restablecimiento a víctimas de despojo oabandono forzado de tierras. o que no se encuentre incluido en el Registro Único deTie– rras Despojadas y Abandonadas Forzosamente de la Ley 387 de 1997. La resolución de inicio del estudio formal previsto en el Decreto 4829 de 2011, suspende el trámi– te del proceso de que trata la presente ley, hasta tanto se decida la inclusión ono del predio en el Registro Único de Tierras Despojadas oAbando– nadas Forzosamente. Si iniciado el proceso verbal especial de que trata la presente ley, el inmueble es incluido en el re– gistro ovinculado a los procedimientos previstos en el inciso anterior, el juez terminará el proceso yremitirá inmediatamente el caso, con toda la in· formación existente sobre el mismo, a la Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. 4. Que el inmueble objeto del proceso no se encuentre ubicado en las áreas o zonas que se señalan acontinuación:
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