Libro
sus anexos, la informacrón previa a la admisíón de la demanda, y una vez admitida j el contenido del auto admísorlo, la aud1enc1a, la oposición, la sentencia, sus recursos y los ho11orarios, en fin, se regLLla las fases del proceso y el contenido de los autos pronunciados por el juez, los recursos oue proceden contra la resolución y las causales de nulidad que pueden invocarse eventualmente contra e! fallo. Finalmente se dispone el registro del título y la fijación de los honorarios de apode~ rados y perito agrario. Capitulo lH: En este capítulo se regula la actua– ción del Ministerio Públ¡co 1 así como la exigencia del derecho de postulación a través de abogado en er proceso, se determina la vigencia y efecto genera e inmediato de la ley. En la presente poner1cia para primer debate ante ia Comisión Primera de la honorable Cámara de Representantesr los ponentes presentamos un phego de mod1ficacíones al texto aprobado en Plenaria de Senado y que pasamos a expHcar de la siguiente manera: 7. Expficación del pliego de modificaciones propuesto para primer debate en Cámara de Representantes 7.1 Respecto de ftulo No se formulan cambios al aprobado en la Ple– naria de Senado , pues se haHa ajustado al cante– ri1do del articulado en desarrollo del principio de unidad de materia que rige el proceso legislativo colombiano. 7.2 Respecto al articulado Se continúa con la estructura del proyecto en tres capitulos, pero se introducen unos ajustes de forma y tondo que se pasan a exponer: 7.2.1 Del Capítulo 1: Disposiciones Generales Se continúan integrando en este capítulo aquellas disposiciones de carácter general que regulan el objeto, los sujetos del derecho y las definiciones que por medio de este proyecto se tipifican. Asi– mismo, se describen los principios rectores del proceso especial, como tambtén los requísitos para aplicar el nuevo proceso, previendo en for– ma de exclusión qué bienes inmuebles quedan fuera del ámbito material de la ley. Se ha variado e! tiempo necesario para la prescripción en lo rn– ral remltiéndo!a nuevamente a las normas civiles de prescripción ordinaria y extraordinaria, se ha eliminado el inciso final del artículo 3Q por crear una limitación inconveniente a la sumatoria de posesiones que ya regula el Código Civil, se eli· mina así mismo el inciso 2º de. art[culo 6° por in– conveniente y se le agrega un numeral adicional; se procede a nacer precislones de orden juridico y gramatical en los artículos 2º, 3º j 4º y 6º ; se mantiene la misma distribución de los artículos aprobados por la Plenaria de Senado. 7. 2.2 Del Capítu,o H: Proceso esp·ec1al de titu– lación de aposes·ón material sobre inmueb~es urbanos y rurales En el segundo cap[tulo del p!iego de modificacio– nes, prevemos los asuntos que podrán ser trami– tados por medio óel procesoespecíal que se pro– pone con una nueva redacción en su forma para obtener mayor ciarídad , se permite la demanda a indeterminados, se "emite la riotificacióri al Código de Procedimierito Civil, se preclsan las prerrogaUvas especiales con las que cuenta el juez competerite. Para facilitar el trámite f que es uno de los objetivos de esta ley, se ha inves– tido al juez competente de poderes especiales para hacer efectlvos los principios que inspirari el proceso espedal. De igual maneral este ca– pítulo contempla los requisitos de la demanda, los anexos y tamb¡én la serie de garantías que se pretenden establecer para tograr la titulación por medio de un proceso fácil y ágil ajuntando su texto a los cambios introducidos.
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