Libro
Derecho Electoral de Latinoamérica 73 2. La modificación de los DU1V Como es conocido, e1 diseño y rediseño de ]os distritos electorales es en sí tnismo un problema sujeto a fuertes presiones políticas y con vicios tales como el Gerry– mandering, el diseño de dislritos estrafalarios territorialmente, diseñado para lograr la 1nayoria de un partido específico. Aunque este terna tiene actua11ncntc una base 1nás técnica, requiere de una autono1nía de los actores más estrictamente electorales para que se mantenga una correspondencia lógica con los territorios. Una manera como esto se puede lograr es que, cualquiera que sea la autoridad que define los DUN, sus deci– siones dejen un periodo electoral antes de ser aplicado en unas elecciones luego de una modificación, y que estas no se hagan frecuentemente. Para ilustrar esta alternativa si se hace un diseño inicia] para el 2012, por ejemplo para aphcar en el 2014, se volvería a rediseñar ocho años después, en el 2020, para aplicar en las elecciones del 2026. Sin embargo, todas estas decisiones arrancan con un censo de población nacional. Es conocido cómo el mis1no Congreso ha d~jado de aprobar los censos precisamente por las Ílnplicaciones electorales que tienen. Resulta drainático que por un largo tiempo el país operara en estos sentidos con el censo de 1985. Se requiere darle una autono1nía técnica a la decisión de aprobar el censo, por ~jemplo con certificaciones internaciona– les, o requiriendo la participación de otros actores tales como las universidades de 1nás reno1nbre y probidad técnica, el lnstin1to Agustín Codazzi y el DANE. La aprobación de la técnica misma del censo debería ser ta1nbién certificada con anterioridad a su ejecución por entidades técnicas internacionales para que no se tomen o~jeciones a la aceptación de sus resultados. Estos elementos se han dejado a la 1ey. Iguahnente, estos te1nas representan nuevos retos a las autoridades electorales que segurarnente se estarán discutiendo en las próxi– mas legislaturas. 3. La necesidad de fortalecer los mecanismos depa.rtic1jxzción colectivos y deliberativos Es necesario recordar que los rnecanisrnos de participación en los distritos uninornina– les son indispensables para que los ciudadanos se puedan organizar y formular lo que sería su voluntad. De esta 1nancra c1 representante podría púb1ica1nente saber sobre qué rendir cuentas a sus electores. La efectividad de este 1necanismo de validación requerirá la revisión de las reglas que los regulan. Ahora bien, existen una serie de mecanismos propios de la democracia directa, basados principaltnente en la votación de los ciudadanos sobre un tema sin que ellos tengan que reunirse y debatir entre ellos, y que tenninan enfatizando una acción pura1nente individual, como es el voto. Los mecanis1nos deliberativos tales como la planeación participativa y los presupues– tos participativos requieren de interacción entre los habitantes de un territorio y en ese sentido tejen el capital social en él. Los consejos territoriales de planeación locales y las reuniones que ellos convocan para validar las propuestas de desarrollo locales permiten que personas que trab,~jan aisladas en ámbitos de influencia más estrechos puedan conocerse y su1nar esfuerzos para coordinar colectivamente la defensa de sus intereses, e integrarlos a nivel territorial con otros, creando esta visión compartida de
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