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748 2. Partidos políticos, campañas y mediocracia en el México narco El modelo de spots y su volumen excesivo trivializó el debate y junto con la prohibi– ción de ca1npañas negativas fo1nentó cánticos de buenas intenciones y 1nucha 1nentira. Cobert1.1ra noticiosa sin valor noticioso, entrevistas "pagadas" y ello generó más in– equidad de la que existía anteriormente. Bajo La falsa prernisa de que lo negativo envilece y polariza, la refonna electoral de 2007 prohibió la "denigración" a nivel Constilución. La refonna contiene varios aspectos positivos, entre ellos mayores causales para el recuento de votos, la sitnplificación de las actas de votación que redundará en menores errores arítrnéticos, así eo1no la clirninación de la figura de coaliciones. El 1nayor avance lo consti tuye la prohibición para que los gobernantes usen la publici– dad oficial para fines de pro1noción personal. Desafortunadatnente siendo una buena 1nedida, no ha sido observada. Todos los días la prensa nacional contiene gacetillas de gobernadores y presidentes. Quizá el 1nayor probletna de la refonna de 2007 no se localiza en lo que hizo mal, sino en lo que d~jó de hacer. El problema de fondo de la democracia electoral es la escasa representatividad y rendición de cuentas de los partidos políticos. Porque a pesar de que redujo el presupuesto de los partidos, aumentó sus prerrogativas (financiamiento de 1nás tie1npo gratuito en medios). Porque no sometió a los candidatos al veredicto de los ciudadanos mediante la reelección legislativa. Teniendo la Elección Intennedia de 2009 como parámetro de medición de la nueva legislación electoral observamos lo siguiente: l. Las reformas promulgadas el 13 de noviembre de 2007 y que se pusieron en prácti– ca durante la elección intermedia del 2009, particularmente la efi cacia del artículo 41 constitucional, se puede decir que estas disposiciones funcionaron de manera óptitna. Algunas disposiciones fueron cumplidas, otras no. 2. Los radiodifusores en un ainplio porcentaje respetaron las nuevas reglas atendien– do a las indicaciones del IFE y difundieron los mensajes de los partidos, sabiendo que de cualquier tnanera se estaban difundiendo en tietnpos estatales. Entre cente– nares de empresas concesionarias de espacios de radiodifusión, dos infringieron la ley de manera consuetudinaria y sostenible: Televisa y TV-Azleca apostaron desde el prüner mo1nento y de 1nanera concertada "a sabotear la difusión de los spots, perjudicaron las campañas electorales presentando a los partidos como culpables de la interrupción de progra1nas y eventos deportivos, engañaron a sus telespectadores ofreciéndoles versiones falsas de las reglas electorales, utilizaron canales concesio– nados para co1neter infracciones" 743 . Arislegui, Cannen. "¿Qué no te queda claro? En Reforma. México D.F. 26-Marzo-20 10, p. 15/[m– pacto-Redacción. ''Arremete dueño de Har Har contra Televisa" en l"mpacto FI l>iario. México D.F. 25-l'vfarzo-2010, p. 11.

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