Libro
648 6. La organización electoral en Colombia por el Consejo Nacional Electoral , dentro de un proceso revestido de las garantías y a1nparado por la rigurosidad exigida por el postulado del debido proceso. Debe resaltarse que este ejercicio le garantizó a los 2.543 candidatos, a los parti– dos, 1novimientos, grupos sociales y significalivos de ciudadanos que participaron en la contienda electoral y a la ciudadanía en general, la seguridad de que el resul– tado declarado por la autoridad electoral correspondió a la verdad, lo que traduce indefectible1nente en seguridad y confianza sobre los resultados electorales. Estos efectos, redujeron sustancialmente las acciones electorales ante la jurisdicción contenciosa adininistrativa, además de generar seguridad jurídica para el descrn– peño de los cargos de elección popular. • Decidir la revocaloria de la inscripción de candidalos a corporaciones públicas o cargos de elección popular, cuando exista plena pnteba de que aquellos están incursos en causal de inhabilidad prevista en la Constitución y en la ley, evitando que candidatos inhabilitados accedan a cargos y curules, como era común ante– riormente, en la seguridad de que esas elecciones serían de1nandadas, generando una innecesaria mo"ilidad del aparato Jurisdiccional del Estado, con la demora y costos que esto significa. En las mismas elecciones para Congreso de 2010, se tratnitaron más de medio centenar de solicitudes de revocatoria y nulidad de la ins– cripción de candidatos para el Sonado y Cámara de Representante; por otra parte, los Partidos y Movünientos Políticos revocaron en su oportunidad un número no calculado de avales de candidatos inhabilitados, en razón del control que sobre los mismos ejerció el Consejo Nacional Electoral. • Para ~jercer el Contencioso Electoral ante la jurisdicción Administrativa contra el Acto de elección de carácter popular cuando la demanda se fundamente en cau– sales de nulidad por irregularidades en el proceso de volación y en el escrulinio, es requisito do procodibilidad so1netorlas, antes de la declaratoria de la elección, a examen de la autoridad administrativa correspondiente, que encabeza el Consejo Nacional Electoral (Parágrafo del art. 237 de la Constitución Política). 4. Ley estatutaria .l.475 de 2011 La Ley Estatutaria l.475 de 2011, por la cual se adoptan reglas de organización y funciona1niento de los partidos y rnovimientos políticos, de los procesos electorales, es la reforma política y de procesos electorales más reciente que ha expedido el Con– greso de la República. A1nplía el desarrollo do algunos artículos de la Constitución Política y modifica sustancialmente la Ley 130 de 1994, conocida como el estatuto básico de los partidos políticos. Fue recientemente sancionada por el Presidente de la República y se encuentra en proceso de transición, por lo que se ha prestado a un sin n(unero de interpretaciones que ha hecho dificil su aplicación en el proceso electoral de autoridades locales del 30 de octubre de 2011 . No obstante, se incluyeron temas muy interesantes como el control a la doble militancia, facultando al Consejo Na– cional Elecloral para revocar inscripciones de candidatos que se encuentren incw·sos en esta prohibición legal; se obliga a la confonnación del registro único de partidos
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