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646 6. La organización electoral en Colombia l. Acto legisllltivo 01 ,le 2003, 1nedillnte el cu11l se refor,na la Constitución Política Para 2003 el Congreso <le la República aprueba el Acto legislalivo 01 y establece en el ordenatniento constitucional una serie de nonnas, que significa,n un iinportante avance para el sistema político y democrático, pues se define la manera en que se confonnan los partidos y se regula el proceso mediante el cual los gntpos signifi– cativos de ciudadanos pueden constituirse en Partido o Movitniento Politico con personería jurídica; la norma determina un "umbral", que consiste en alcanzar un 1níni1no de votos válidos en el territorio nacional, ya sea para elecciones de Senado o Cámara de Representantes. Por otra parte se establece la obligación de los elegidos a Corporaciones Públicas de actuar en bancada dentro del Partido o Movitniento polílico que los avaló, evitando de esa fonna el lrasfuguismo y la doble militancia tan común en otras épocas. Adicionahnente, se les iinpone la obligación a los partidos políticos de presentar listas únicas y candidatos únicos en todos los procesos de elección popular, y de– termina como procedimiento para la adjudicación de cundes el siste1na de cifra reparlidora o método D'Honl. El siste1na tradicional <le cuociente electoral queda desplazado y solo será usado en los casos puntuales que detenninc la Constitución Política y la ley. Con el nuevo método se desmontaron antiguos v icios políticos, que se derivaban de la proliferación de listas y candidatos que se beneficiaron del 1necanis1no de los residuos que este siste1na de cuocientes pennite. Se incluye la opción del voto preferente para definir el orden de los candidatos en las listas de corporaciones de elección popular, autorizando a los ciudadanos, no solo a que voten por las listas únicas de sus partidos, sino que además lo puedan hacer por el candidato de su preferencia. Como tema novedoso, se contempla la opción de utilizar mecanismos tecnológicos, como el voto electrónico, para ejercer de esta manera el derecho al sufragio en forma ági I y transparente. Iguahnente se 1 e da al "voto en blanco" alcances y cfcctos jurídicos vinculantes, al conteinplar que de darse el caso en que esta modalidad de voto logre la mayoría de la totalidad de los válida1nente depositados, deba repetirse la elección con candidatos diferentes a los que participaron iniciahnente. El Acto Legislativo 01 de 2003 reforma una vez más la co1nposición y origen del Consejo Nacional Electoral, y le otorga al Congreso de la República la co1npetencia para elegir sus nueve miembros, relevando de esta facultad constitucional al Consejo de Estado. Como resultado de este proceso eleccionario, el Consejo Nacional Elec– toral perdió la competencia de elegir al Registrador Nacional, creándose, en conse– cuencia, una brecha jurídica y a<l1ninistTativa en la Organización Electoral. Años más tarde, la Corte Constitucional en la Sentencia C-230 del 6 de tnarzo de 2008, declaró inconstitucional varios artículos del Código Electoral (Decreto-ley 224 l de 1986), en los que se estipulaba la participación del Consejo Nacional Electoral en distintas decisiones del Registrador Nacional, como por ejemplo, la designación de sus dele– gados departamentales, norma que garantizaba el equilibrio político entre e1nplea<los con funciones electorales.

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