Libro
644 6. La organización electoral en Colombia • Proteger el ejercicio del derecho al sufragio y otorgar plenas garantías a los ciu– dadanos, actuando con imparcialidad, de tal 1nanera que ningún partido o grupo político pueda derivar ventaja sobre los demás. • Dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciu– dadana y elaborar los respectivos calendarios electorales. • Llevar el Censo Nacional Electoral. • Asesorar y prestar el apoyo pertinente en los procesos de elecciones de diversa índole en que las disposiciones legales así lo determinen. • Coordinar con los organismos y autoridades competentes del Estado las acciones orientadas al desarrollo óptimo de los eventos electorales y de participación ciudadana. • Proceder a la cancelación de las cédulas por causales establecidas en el Código Electoral y demás disposiciones sobre la materia y poner en conocimiento de las autoridades competentes los hechos, cuando se trate de irregularidades. • Asignar el Número Único de Identificación Nacional (NUJP) al motnento de ha– cer la inscripción de nacimiento en el Registro del Estado Civil de las personas y ejercer los controles fis ico, lógico y técnico, para que dicho nfunero sea exclusivo a cada ciudadano y exista un único docutnento de identificación. • Expedir y elaborar las cédulas de ciudadanía de los colo1nbianos, en óptünas con– diciones de seguridad, presentación y calidad y adoptar un sistcrna único de iden– tificación a las solicitudes de primera vez, duplicados y recrificaciones. • Atender todo lo relativo al rnanejo de la información, las bases de datos, c1 Archi– vo Nacional de Identificación y los docu1nentos necesarios para el proceso técnico de la identificación de los ciudadanos, así co1no infonnar y expedir las certifica– ciones de los trá1nites a los que hubiere lugar. • Atender las solicitudes de expedición de la cédula de ciudadanía en los consulados de Colotnbia en el exterior para que quienes estén habilitados puedan ejercer sus derechos políticos como ciudadanos colombianos y brindar información acerca de su trárnite. VI. Consejo Nacional Electoral En 1985, tnediante la Ley 96, se sustituye, nuevarnente a la Corte Electoral por el Consejo Nacional Electoral, redefiniendo su co1nposici6n y origen. pero en términos generales conserva la estructura organizacional anterior. El Gobierno dicta el Decre– to-ley 2241 del 15 de julio de 1986, denominado "Código Electoral" y en él se definen los procesos electorales que deberán aplicarse desde ese mo1nento, as í como la nueva estructura achninistrativa del organistno, garantizando el equilibrio político de sus de– legados departamentales y funcionarios del más alto nivel directivo. Por otra parte le da a la Corporación, la jerarquía jurídica de suprema autoridad de inspección y vigi– lancia de la Organización Electoral.
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