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Derecho Electoral de Latinoamérica 631 Los partidos políticos, como entidades de interés público que reciben financia1niento por parte del Estado, correlativainente tienen entre otras obligaciones, la de presentar al Consejo General del Instituto Electoral, infonnes respecto del origen y monto de los recursos que reciban por cualquier 1nodalidad de financiamiento, así corno sobre su destino y aplicación; deben cumplir en forma punt11al con las obligaciones previstas en materia de transparencia y acceso a la información. Tarnbién las agn1paciones políticas estarán sujetas a las obligaciones y procedirnientos de fiscalización previstos por la ley. El constituyente federal y las legislaturas de los estados prevén un porcent~je mínimo de votación que deberán obtener los partidos políticos en cada elección para tnantener vigente su registro. Deberán contar con una representalividad que les permita ser no sólo viables sino también entidades de interés público funcionales; de lo contrario, no podrían alcanzar los fines que tienen as ignados constitucionalmente. Una vez que se constituyen y registran, disfrutan de una garantía de permanencia en la 1nedida en que cutnplan con los requisitos que establezcan las leyes; su incutnplitnicnto trae apareja– da, mediante el procedimiento legal respectivo, la pérdida de registro o de derechos y/o prerrogativas que les confiere la ley. Es así que la obtención del registro de las organizaciones de ciudadanos tiene como obj etivo principal que estos ingresen a un siste1na de partidos plural y competitivo, en el que podrán hacer llegar sus propuestas políticas a la ciudadanía co1no una opción viable para ser representados en los órganos de gobierno. Los principios rectores que deben privilegiar la actuación del registro de partidos y agrupaciones políticas deben ser la certeza, legalidad, calificación, legitünación, trans– parencia, publicidad y accesibilidad. IV. El Registro Federal de Electores Diversa función registral tiene a su cargo el Instituto Federal Electoral; a este le con– ciernen tainbién las actividades relativas al Catúlogo General de Electores , al Padrón Electoral, la Lista Notninal de Electores y la expedición de la Credencial para Votar con Fotografía a través del Registro Federal de Electores, sus vocalías en las juntas locales y distritales ejecutivas correspondientes. El Registro Federal de Electores es un órgano de carácter pennanente y de interés público. Está cornpucsto por el Catálogo General de Electores y el Padrón Electoral; a1nbas secciones se forman, según el caso, 1nediante la aplicación de la técnica cen– sal total o parcial, la inscripción directa y personal de los ciudadanos, la incorpora– ción de los datos que aporten las autoridades competentes relativos a fallecimientos, habilitaciones, inhabilitaciones y rehabilitaciones de derechos políticos de los ciu– dadanos, así co1no los avisos de la Secretaría de Relaciones Exteriores respecto de la expedición o cancelación de cartas de naturalización; expedición de certificados y renuncias a la nacionalidad. En el Catálogo General de Electores, se consigna la información básica de los varones y 1nujeres tnexicanos, tnayores de 18 años; en el Padrón Electoral, constan los no1nbres

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