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Derecho Electoral de Latinoamérica 615 en 2 estados de la República el Consejo C,eneral se integra con 9 Cons~jeros Electora– les (Puebla y San Luis Potosí). Además, del órgano superior normativo electoral, la autoridad administrativa elec– toral de las entidades federativas en México se integra por órganos operativos con el carácter de Consejos Distritalcs y, en algunos casos, Consejos Municipales como el estado de Nayarit. También, para la atención de esta rnateria, la estrucrura de la autoridad electoral estatal en México está diseñada 1nediante direcciones ejecutivas o coordinaciones por áreas, que responden a las 1naterias de: educación cívica y capacitación electoral; organización electoral; fiscalización de los partidos políticos; informática electoral y contraloría. Este es el estado que guarda el diseño inslilucional de la autoridad administrativa electoral en México, con muchos aspectos todavía por 1nejorar, bástenos recordar la afirmación de Luis Antonio Corona Nakamura quien en un trabajo interesante sobre el derecho electoral 1nexicano con una visión local expone que "en Jalisco, es d[ficil establecer un balance conclusivo entre los cambios institucionales y los saldos elec– torales positivos del sistema electoral, pero se puede establecer que este sistema es indudable,nente 1nás equitatiJJo, 1nás transparente, compartido y más democrático" (Corona Nakamtu-a, Luis Antonio y Ruiz Pérez, José de Jesús; 201 O: 20 1 ). Se encuentra, así, que la evolución de la organización electoral y sus instituciones en las entidades federativas de México ha ido a la par con evolución federal en esta 1nateria. Se parte de las bases de que todo poder público diinana del pueblo y se instituye para bene– ficio de este; de que la renovación de los poderes se realizará mediante elecciones libres, auténticas y periódicas; y de que la función pública electoral se centra en los principios rectores de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad. Las bases institucionales que rigen la vida electoral en las entidades federativas en México, puede afirmarse que se sistemalizan en el presente en cualro ejes fundamen– tales: derechos y libertades electorales del ciudadano; partidos políticos; autoridades ad1ninistrativas electorales y justicia electoral. La filosofia en que sustenta la parti– cipación política es la convicción de que el impulso hacia un Estado democrático de derecho se requiere el perfecciona1niento constante de las instituciones involucra– das, en las cuales se encuentra el siste1na electoral, que exige su fortaleza y mejores reglas de co1npelencia. IV. Consideraciones finales l. El avance electoral en Iberoa1nérica exige dos co1nponentes básicos: una adecuada representación del pluralis1no político a través de elecciones honestas y co1npetitivas, así corno la torna de decisiones satisfactorias y efecrivas por los representantes de las instituciones electorales. 2. El fortalecimiento de los órganos responsables de la administración y justicia elec– toral es fundatnental para el avance de la detnocracía. Existe coincidencia amplia de los estudiosos de las instituciones político-electorales, así corno de la percepción ciu-
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