Libro
608 3. Organismos electorales en el sistema federal mexicano de La organización y vigilancia del proceso electoral son los órganos del Estado con la intervención de los partidos políticos y de los ciudadanos: crear un orga– nistno p úblico dotado de autoridad que sea profesional y autónomo en sus de– cisiones, que se integre con p ersonal p rofesional y calificado; reconocer como principios rectores de los procesos electorales a la certeza, la imparcialidad y la objetividad, así como la publicidad de las sesiones de los organismos, con las salvedades que señale la ley; reconocer que las funciones electorales deben ser remuneradas salvo en casos y niveles que serzale la ley: co1¡figurar un padrón electoral confiable" (obra citada; 2006:533-534). . . John M. Ackennan sostiene respecto a esta reforma que: "El régimenp riista tenía que detnostrar a la sociedad civil nacional e interna– cional que sus intenciones eran serias con respecto a la organización de elec– ciones Lünpias. Sin embargo. al mismo tiempo estaba interesado en mantener su poder sobre el proceso electoral. Como resultado, no se otorgó autonomía significativa al !FE del PRI/Gobierno: el Secretario de Gobernaciónjúe noni– brado Presidente del Instituto v los miembros con voto incluían un número desproporcionado de consejeros cuyos nombramientos estaban controlados por el PRI y el gobierno " (ob. cit.; 2007:49) . Efectivamente, uno de los avances más relevantes de esta refonna fue el diseño de las instituciones y de los procedimientos electorales, con la creación de una autoridad adrninistrativa electoral corno organismo autónomo en sus decisiones y profesional en su dese1npeño que le exigió desde entonces sustentar sus decisiones con base en Los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad. El diseño institucional del Instituto Federal Electoral, IFE, responde a un buen criterio de cambio en la ac.hninistración pública 1nexicana, mediante la creación de organismos autóno– tnos ubicados fuera de los tradicionales poderes del Estado, criterio que itnperó a lo largo de la década de los noventa, en varias 1naterias además del IFE co1no: el Tribunal Federal Electoral, la Comis ión Nacional de los Derechos Humanos, y el Instituto Na– cional de Estadística, Geografía e lnfonnática. Debe considerarse que en l 990 el IFE nació muy limitado respecto a su ciudadaniza– cíón, para atender el átnbito adrninistrativo de esta rnateria. La refonna dispuso que la función pública electoral se debía realizar por un organismo público, a quien se Le asignó ser la autoridad en la materia: autónomo en sus decisiones y profesional en su desempeño . Se coincide con la doctrina de que la ciudadanización de las autoridades electorales se fue dando por etapas y en varios 1nomentos. En este primer 1nomento, la itnportancia fundamental fue el haber sacado a la autoridad electoral de la órbita de la Secretaría de Gobernación, aunque solo fue un pri1ner paso hacia la eiudadanizaeión del s istema electoral 1nexicano, ya que la ley electoral de l 990 creó un Consejo Ciene– ral en el que todavía participaba el Secretario de Gobernación quien tarnbién era Presi– dente del Consejo General. Este cons~jo, además, estaba integrado por: dos Cons~jeros de cada Cárnara, Senado y Diputados; uno del grupo mayoritario y el otro del grupo rninoritario más grande del Congreso; seis Consejeros Magistrados; un representante de cada partido político que hubiere ganado al 1nenos 1.5% del voto en las elecciones
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz