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Derecho Electoral de Latinoamérica 53 promover el cambio estn1ctural/revolucionario de la sociedad contradice las funciones de certeza y seguridad que se le han encomendado histórica1nente desde s iempre. En México es común que los científicos sociales y los académicos describan hechos sociales negativos particularmente evidentes, por tanto no sujetos a comprobación e1n– pírica (Weber), co1no efectos de ineficacias del quehacer cotidiano de los gobernantes, contradiciendo con esta actitud parte de las enseñanzas metodológicas fundamentales de su fonnación universitaria y acadé1nica. Los hechos sociales, aceptado su relati– vismo evolucionista, son efectos que corno tales tienen causas; criticar efectos sobre todo de carácter negativo sin investigar sus causas rornpc la cadena propia del cono– cimiento científico social. No se pueden hacer interpretaciones (hipótesis/teorías) con pretensiones científicas s in antes recorrer el largo ca1nino inductivo de la observación y descripción detallada de las causas de los hechos; sin este trabajo de investigación empírica interpretar su sentido es una falacia. Sin embargo, puede decirse que en países como México, la de1nocracia representa– tiva enfrenta circunstancias adversas, producto de una falta de facticidad del Estado de Derecho en atnplios espacios del sistetna social total (subsiste1nas: de valores, jurídico, político formal, político real, socioeconómico-cultural, educativo y de pro– ducción)33. Entre las circunstancias más negativas hay que mencionar las siguientes: 1) La pobreza extretna que produce el miedo a morir por inanición. 2) La ato1ni– zación de la violencia que ünp ide la paz social, inseguridad que propicia 1niedo a ,norir a manos del otro, e itnpotencia frente al ,nismo aun entre los 1nie1nbros de los órganos coactivos por excelencia del Estado. Desde el año 2009, el Presidente de México ha declarado como jefe de las Fuerzas Annadas:, 4 que la violencia propiciada por el crimen organizado, especialmente el narcotráfico, a pesar del ninnero de víc– titnas que ha cobrado su enfrentamiento-guerra, no será posible aniquilarla durante varios años, debido a que, suponemos nosotros, dicha violencia se ha desarrollado en un caldo de cultivo propicio, como lo es la violencia atomizada, que implica una falta de respeto a la integridad fisica del prójirno de un amplio nú1nero de habitantes del país, los 1nis1nos que aúnan a esta falta de respeto a la dignidad del prójüno una falta de respeto a la propiedad privada, cuya 1náxima 1nanifestación es la comtpción estructural que el país padece como mal endémico. 3) La corrupción estructural con acciones delictivas generalizadas que afectan-dañan-atentan contra el patrünonio del Estado; quienes la realizan, tanto el corruptor cotno corrupto, afectan la propiedad del Estado. La corrupción es una conducta delictiva con dos partes activas; la pa– s iva, la que sufre el daño, es el Estado, de manera directa su gobierno y de forma indirecta la sociedad en su conjunto. La corrupción debe consu1narse penahnente cuando el servidor público corrupto, quien ocupa una posición gubernamental, loina indcbidainente una decisión en beneficio del corruptor; los dos delinquen contra el patrimonio del Estado, ambas conductas se dan en una relación de corresponsabili– dad, normalmente, la crítica social acentúa la conducta delictiva del servidor público atenuando la responsabilidad del corruptor. Debe afirmarse conlundente1nente que 33 Véase Molina Pi ñeim, Luis Jorge, Política y derecho, Ed. l'orrúa, México, 2001. 34 Véase Títul o Tercero, Capítulo TTJ: Del Poder Ejecutivo, artículo 89, fracción VT de la C. P. lvf.

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