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6. EL DERECHO-DEBER DE VOTAR \Villian1 Zan1brano Cetina, Colo1nbia ''Reunidos todos los parroquianos el día 3 de noviembre en la casa del juzgado, si la hubiere en el pueblo, o si no en la del mismo al,calde. con quien com:.:urrirán el Cura y el sujeto que en el año anterior haya sido j uez del fuga,; si no son dos los alcaldes; y los tres unidos examinarán con la posible brevedady diligencia los que sean varones libres, mayores de veinticinco años, padres o cabezas de familia, que vivan de sus rentas u ocu– pación sin dependencia de otro, que no tengan causa criminal pendiente, que no hayan sif rúlo pena in/amatoria, que no sean sord!)mudos. locos, dementes o mentecatos, deu– dores al Tesoro Público,fi,llidos o alzados con la hacienda q¡ena.' y los que resulten con aquellas calidades y sin estos defectos son los que deben sufragar en la elección primaria, "Cal¡ficados los suj etos que deben ser ap oderados de la parroquia, se extenderá una lista de ellos, y concluida, concurrirán los que lo sean con el alcalde, el Cura y el asociado, a la iglesia, en donde se celebrará la misa del 1:,spiritu Santo, después de la cual hará el párroco una exhortación enérgica en que recordando la estrecha obliga– ción en que se halla todo hombre, de contribuir al bien y.felicidad de la patria, reco– mendará con la mayor e_ficacia la madurez, discernimiento e imparcialidad con que deben p roceder en la elección, porque del acierto en ella dependen todos los bienes a que se aspira,- y af.fin entonará el himno Veni Creator Spiritus ''. ''J:,jecutado todo lo prescrito anteriormente, el alcalde recibirá j uramento a los que han de votar, en esta f orma.- <<¿Juráis a Dios por esta señal de la cruz y los Santos F,vangelios que tocáis, proceder en la presente elección con imparcialidad y desinte– rés, sin conduciros por odio ni amor, mirando solamente al bien general, sufragando por las personas más honradas, de más probidad y discernimiento para conocer a los hombres, sin que os muevan las recomendaciones o sugestiones de otros, ni mira alguna de ambición o colusión?» A que todos responderán.- <<Sijuro». E l Presidente añadirá.- «Si así lo hiciereis. Dios os ayudará y protegerá nuestra causa, y si no, os lo demandará»,- y todos responderán ,' «Amén». Artículos 3, 5 y 11 de la Constitución de la Provincia de Cundinamarca de 1811 " . La Cons titución colotnbiana actuahnente señala en el artículo 258 que " F,l voto es un derecho y un deber ciudadano ". Esta doble calidad del voto en nuestro siste1na jur ídico, anal izada de 1nanera reiterada por la j urispn1dencia 56 7, encuentra un llama- 5 "' Ver, en1re otras, la Sentencia de 26 de febrero de 1993, radicación número: 0887 de la Sección Quinta del Consejo de Estado, C.P. Miren de la Lombana de Magyaroff, así como las s<:!nlencias T-324 de 1994, M.P. Eduardo Cifuentcs Muño7.; (',-337 de 1997, tvf.P, Carlos Gavi ria Día7.; C- 142 de 200 1, M.P, Eduardo Montealegre Lynnett; C-329 de 2003, M,P, Álvaro Tafur Galvis; C-224 de 2004, M .P. Rodri go Iiscohar Gil, C-23~ de 2006, l'vt f>. Humhe1to Sierra !'orto, '1~51 Ode 2006, M. P Alvaro Tafur Galvis, de la Cm1e Constitucional,

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