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Derecho Electoral de Latinoamérica 537 En nuestra consideración, aun cuando desde una visión republicana de la democracia, la participación pudiera ser defendida tainbién co1no su función sine qua non, la par– ticipación electoral debe ser regulada co1no derecho, en tanto el ciudadano requiere ,nantcncr la capacidad legítima de decidir si participa, o no, aunque, sin que se desna– turalice esa participación, ni sea mediada, desde el poder se deben tomar previsiones para potenciar esa participación. En tanto, -al decir de Lancís- "cuando -al voto- se le considera como un derecho puede ser, corno generahnente lo son todos los derechos, objeto de renuncia, y los individuos, ya por abandono, ya por negligencia o por personales conveniencias, pueden no ejercerlo, ocasionando con ello los daños que del abstencionis1no electo– ral se derivan" 555 • Aunque de forma absoluta no es posible afirmar que a 1nayor participación, habrá necesariamente mayor detnocracia, en tanto la participación puede estar ,nediada. Considerarnos, corno señala1nos antes, que la abstención constituye un catalizador político de la relación establecida entre participación, legititnidad, gobernabilidad y realidad dc,nocrática. En la 1ncdida en que el ciudadano concicnticc la signifi– cación de su comportamiento electoral para la formación y desarrollo del siste1na político, la no concurrencia a las urnas puede represen tar rechazo hacia las op– ciones en disputa; siempre que la conducta del elector denote tales propósitos . Sobre la base de es te enfoque, el no participar motivado por disconfonnidad con el "régimen" -pos ible en ejercicio de la libertad y el pluralismo-, dinamizan la democracia y diferencian la voluntad de la mayoría abstencionista a la del mayor número de votantes efectivos 556 • En el rnarco del fortalecirniento democrático en el campo electoral, el reto consiste en tener co1no obj etivo la búsqueda y cons trucción de mecanismos y procesos que protejan al acto comicial de cualquier duda sobre su lcgiti1nidad. Dicha lcgititnidad se presenta cuando la voluntad popular se manifiesta de fonna exacta, transparente y oportuna en el resultado de la votación ciudadana 557 , participación que debe ser, ante todo, consciente, corresponsable, co1npromelida socialmente. En este sentido es itn– portante que se valoren estrategias concretas para la extensión de la democracia y de la participación ciudadana en particular en los espacios electorales. Existen resultados concretos en la región que pueden constituir buenos referentes para el logro de este propósito y pueden consolidar un marco referencial de procedimientos para la organización de procesos electorales, siernpre to1nando en cuenta cada una de sus particularidades nacionales, a saber: • 555 SS'l Procesos de auto1natización para que los electores estén seguros de que será res– petada su voluntad; que además de contribuir con la desaparición del fraude elec- LANCÍS Antonio. Derecho Electoral. Publicaciones Universitarias, La Habana, 1954, p. 28. Vid., PÉREZ MARTÍNEZYuri, ob. ci1., p. 32. D iscursos. Acto oficial de ape11ura. Tercer Encuentro Interamericano de Expertos y Representantes de Organismos Electorales de la Orgruúz.acíón de Estados Amer icanos (OEA). Aproximación a un Marco Referencial de criterios comulles y procedimiento.~ óptimo.~para la gestió!l y control de los procesos eleclorales. Caracas, 29 y 30 de julio de 20 l O, p. 4.

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