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506 3. Mecanismos de participación ciudadana en las democracias iberoamericanas Durante el siglo XX surgen los mecanismos de participación en 1nuy diversas fórmulas y con diferentes denominaciones y funcionalidades, las cuales ha visto incretnentar su operatividad en forma sucesiva, lo que las ha hecho de uso frecuente en los siste1nas políticos contemporáneos. Tcnc1nos que el derecho a la participación ciudadana, se encuentra reconocido en los siguientes instrumentos internacionales: a. Oeclaración A1nericana de los Derechos y Deberes del Ho1nbre de 1948, artículo XX que declara que "toda persona, legalmente capacitada, tiene el derecho de tomar parte en el gobierno de su país, directamente o por medio de sus representantes, y de participar en las elecciones populares, que serán de voto secreto, genuinas, periódi– cas y libres". b. Declaración Universal de Derechos Humanos, que en su artículo 21 establece que: "l. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directa1nen1e o por 1nedio de representantes libremente escogidos....3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; ..." . c. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en su artículo 25 expresa que todos los ciudadanos podrán "a) Participar en la dirección de los asuntos públicos di– rectamente o por 1nedio de representantes libre1nente escogidos ...". III. Principios que deben regir en la participación ciudadana Las sociedades contemporáneas de lberoamérica demandan cada vez con mayor fuer– za, la ampliación y profundización de la democracia co1no sistetna político y, en parti– cular, la democratización de la gestión pública. Por ello, los principios generales que se deben aplicar en todas las formas de participa– ción ciudadana están señaladas por el Co1nité de Derechos Hutnanos de las Naciones Unidas en una de sus Observaciones Generales con respecto al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que indica respecto del artículo 25: '·.. . el .Pacto impone a los Estados la obligación de adoptar las niedidas legislativas o de otro tipo que puedan ser necesarias para garantizar que los ciudadanos tengan ejectil,amente la posibilidad de gozar de los derechos que ampara ", a fin de que las leyes específicas y los órganos del Estado las apliquen y las lleven a la concreción. Así en la Oeclaración Universal sobre la Oemocracia 506 se insta a todos los gobiernos y los parlamentos a que se inspiren en su contenido, siendo estos: $06 Programa para la Democratización presentado, el 20 de dici embre de 1996, por el Secretario General de las Naciones Unidas en el 51 período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Un idas. Tomado el 21 de agosto del 201 1 http:i/-www. uncsco.org/cppisp/dcclaracioncsi democracia.htm

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