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Derecho Electoral de Latinoamérica 481 materia de participación ciudadana," es decir, el Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Protección Social 473 al cual le asigna las funciones de dictar las políticas, estratégicas, planes generales, prognunas y proyectos p,u-a la parlicipación comuni– taria en los asuntos públicos, el cual debe aco1npañar a los consejos co1nunalcs en el cu1nplimiento de sus fines y propósitos, y facilitar la articulación en las relaciones entre estos y los órganos y entes del Poder Público (art. 56). New York, enero 2012 473 Decreto de 17 de j unio de 2009. Véase en Gaceta Oficial Nº 39.202 de 17-06-2009.

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