Libro
Derecho Electoral de Latinoamérica 435 los mismos, así como las exigencias para la presentación de candidaturas 403 • En efecto, si la participación política se canaliza de 1nanera preferente a través de los parlidos políticos, los requisitos para su creación o reconocilniento de personería juridica terminan convirtiéndose en un presupuesto de la cornpetcncia electoral y, para el caso que nos interesa, del derecho a presentar candidaturas. Así las cosas, la exigencia de unos requisitos desproporcionados en donde solamente unas pocas organizaciones puedan cumplirlos, tennina convirtiéndose en una práctica exclu– yente que afecta el principio pluralista y que, además, a1nenaza o desconoce el derecho al sufragio pasivo 4 º 4 • Pero, ade1nás, frente a esta prerrogativa de los partidos surge otro interrogante: ¿los partidos pueden postular como candidatos a quienes no son afiliados al misrno, es decir, pueden presentar candidatos "independientes" con el aval del partido? Por regla general, los candidatos presentados por los partidos politicos son afiliados a los rnisrnos de rnancra previa a la presentación de la candidatura. En algunos orde– namientos jurídicos inclusive la exigencia de la afiliación contiene un período 1ní– nimo de ingreso al partido, co1no sucede en Brasil en donde el ciudadano debe estar afiliado por lo rnenos un año antes de la elección en la que se pretende postular 05 . En el otro extremo existen regÍlnenes que autorizan expreséllnenle a los partidos para 1 105 Un fenómeno, sj bjen es cierto no propiamente electoral, es el que tiene que ver con los requjsitos sefialados en el ordenamiento jurídico para alcanzar el reconocimiento de la personería juridica. J\.1uy seguramente el establecimiento de unos requisitos flexibles implicará la existencia de un nú– mero mayor <le parli<los, muchos de los cuales tendrán una existencia. o finalidad baslan!e dudosa y a su vez, gracias a las prerrogativas estatales, se presentará una multiplicación de candidaturas que solo buscarán beneficiarse <le los recursos estatales. Sobre el particular se puede ver: Pedro Pablo V;megas Gil. A11álisü· 11ormativos del régimen de adquisició11 y pérdida de la personería jurídica de los partidos políticos en Colombia, Bogotá, IDEA-PNUD, Serie Documentos de trabajo n.c 8, noviembre de 2009. En algunos casos es sufici ente que el partido tenga reconocida su personería jurídica por lo menos al momento de presentar la. candidat11ra, mientras que en otros extremos se exige un período mí– nimo de tiempo desde el reconocimiento de su personería, o bien en la exigencia de presentar un número determinado de candida111ras, o en un número de circunscripciones o distritos electorales, o haber presentado candidaturas en procesos electorales anteriores. Sobre el particular se puede consultar el trabajo de FRA1'c1sco F l'RNÁ:--ID l'Z S H< ,ADO. ·'Las ca ndidatu ras el ectorales", en D1H– TER NoHLEN et. al, Tratado de Derecho Electoral comparado de América Latina, 2• ed., México, Fondo de Culrura Económica, Instiruto uneramericano de Derechos Humanos, Universidad de !Ieildelberg, International IDEA, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Instituto Federal Electoral, 2007, pp. 527 y ss. En el caso mexicano, por ejemplo, la solicitud de registro <le candida turas a diputados por el principio de representación proporcional para las cinco cir– cunscripciones plurinominales deberá acompañarse con la constancia de registro de por lo menos 200 candidaturas para. diputados por el principio <le mayoría relativa. Esta exigencia "también alude a un requisito de procedibilidad, toda ve:i: que si un partido no presenta por lo menos 200 candidat11ras para diputados por el principio de mayoría relativa no puede presentar li sta de di– putados para elección <le diputados de rep resentación proporcional". JAVJER PATrÑO CM-L\RE)IA. Nuevo Derecho F.lectoral Alexicano, l\.-féxico, fnstintto de Investigaciones Jurídicas-Uni versidad Nacional Autónoma. de lvféxico, 2006, p. 168. Cfr. ÜJ ALMA l'L'-UU . Direito eleitoral. lmprobidade administrativa e responsabi/idade.fiscal. No1,oes gerais. Sao Paulo, Atlas, 2006, p. 153.
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