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Derecho Electoral de Latinoamérica 193 2. La co1npra de in_ftuencia y los con_ftictos de interés Co1no se dijo 1nás arriba, aun en los casos en que los recursos para la actividad parti– daria y electoral no provienen de fuentes cuestionables ni son obtenidos por vías ile– gales, es claro que las contribuciones privadas pueden co1nprometer el interés público y, en casos extremos, "privatizar" la toma de decisiones por parte de los funcionarios públicos 11 ú. Eso dependerá, entre otros factores, de la cuantía de las contribuciones, de la transparencia con que tnancjcn y del grado de discrccionalidad con que operen los tomadores de decisión. En el 1nejor de los casos, co1no lo han mostrado las in– vestigaciones en los Estados Unidos, Costa Rica y Un1guay, las donaciones privadas facilitan cons iderable1nente el acceso de los donantes a los tomadores de decisión, sin que necesariatnente condicionen el contenido de sus determinacionesu 7 . En palabras utili7.adas por la célebre sentencia de Bucklcy vs. Valco en el contexto nortca,ncricano, las contr ibuciones privadas no solo pueden a fectar los procesos de1nocráticos por los intercmnbios corruptos a los que efectiva,nente den lugar, sino también por la aparien– cia de corrupción que con frecuencia generan 118 . No es casual, por ello, que se haya detectado la presencia dominante de las empresas de constn1cción en el financiamiento de ca1n pañas en Brasil y Costa Rica, o de la empresa concesionaria de las aclividades de lotería y quinielas en Uruguay, activi– dades todas ellas fuertemente dependientes de los contratos estatales o la regulación pública 119 • Más rel evante aún es el caso de los medios de co1nunicación privados, que a través de las tarifas diferenciadas que ofrecen a los partidos y candidatos, han devenido en un crucial donante en especie - acaso el mayor de todos- en algunos países de la región. Los casos de Un1guay, Costa Rica, Guatemala y México han sido debidamente documentados no solo como situaciones de potencial colusión entre los propietarios de los medios y los funcionarios encargados de regular las frecuencias del espectro clectrornagnético, sino también co1no instancias de palpable inequidad por el acceso diferenciado a los medios concedido a candidatos y partidos durante las ca1npañas electorales 12 º. 3. Las iniquidades electorales graves Aunque sería necio sostener que la posesión de recursos econó1nícos por parle de candidatos y partidos es capaz de detenninar por sí 1nis1na los resultados electorales, 11 ti 117 118 119 120 Grirn:r y Zovatlo (2004) destacan las figuras de cohecho (pagos a funcionarios por parle de contrae tistas del Estado enretribución por favores recibidos), y cohecho anticipado (la aceptación de dinero <le personas o empresas a cambio <le promesas yio favores ilícitos en ca.so de acceder a puestos pú– blicos), como alf,'1111.ltS de las principales manifestaciones de la relación entre financiamiento político y corrupción, p. 299. Sorauf (1992), pp. 164- 171; Casas Zamora (2005), p. 226. Ver texto de la sentencia en Corrado et al. (1 997), pp. 67-77. Kinzo ( 1998), pp. 130 y 13 1; Casas Zamora (2005)pp. 137 y 181. Casas Zamora (2005), pp. 137-140 y 181-1 83; Transparcncy lntcrnational (2004), pp. 49 y 50; Arredondo Ramírez (2000); Gómez Castellanos (2006), pp. l 03-108.

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