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154 8. La presión e inducción al voto como causales antidemocráticas partidista o candidato; constancia de registro del candidato. Además, constancia de registro del partido político. Determinación y consignación, se debe integrar el cuerpo del delito y establecer el pro– bable responsable, lo que se obtiene con la denuncia, los Lestilnonios, los informes y constancias dcl JFE, las inspecciones tninistcrialcs y fe de docutnentos, la declaración que puede contener la confesión del indiciado y, en su caso, el audio o video utilizado para constatar el hecho; con estos mistnos elementos probatorios se acredita la proba– ble responsabilidad del indiciado. El ejercicio de la acción penal se basa en los artículos 406 fracción I, 8°, 9°, 13 de la fracción que corresponda del Código Penal Federal y el articulo 168, los detnás aplica– bles del Código Federdl de Procedi1nienlos Penales. 5. Delitos cometidos por servidores públicos El artículo 407 del Código Penal Federal conliene cualro fracciones; nos interesa la prirncra, consagra que se irnpondrán de doscientos a cuatrocientos días rnulta y prisión de uno a nueve años, al servidor público que l. Obligue a sus subordinados, de manera expresa y haciendo uso de su autori– dad o jerarquía, a emitir sus votos enfavor de un partido político o candidato Para la tipicidad de este delito es necesario que se emita el voto en el que el sujeto activo actúe en el desempeño de sus funciones públicas sobre su subordinado para que sufrague en beneficio de un partido político o un candidato, sirviendo el etnisor co1no rncdio del delito y será beneficiario el partido político o el candidato. Las acciones del servidor público son haber obligado al sübordinado a realizar la con– ducta; a este se le debe excluir del hecho delictivo, por estar viciada la voluntad, al atender una orden jerárquica; esta debe ser expresa (verbal o escrita); en la verbal solo se puede justificar con testigos; no adrnite la orden tácita para su cotnisión delictiva. Con la conducta del servidor público, en este tipo, se incurre en el delito de ejercicio abu– sivo de funciones; con ello se transgrede la libertad de sufragio del elector subordinado, adeinás de lesionar la transparencia, objetividad y la credibilidad de la jornada electoral. Es un delito de acción consistente en cotnpelcr al elector subordinado a votar. El bien jurídico protegido es la libertad del voto. El resultado es formal, solo se exige votar en el sentido en que se le obligó al elector. El sujeto activo es cualificado, lo es el servi– dor público. El sujeto pasivo tatnbién lo es cualificado, debe ser elector subordinado y lalnbién la sociedad. No exisle ámbílo temporal ni espacial, puede ser en cualquier 1nomento y lugar. El objeto material es la c111isión del voto. Es dable la tentativa. Re– quisito de procedibilidad es la denuncia. Diligencias generales: inicio de la averiguación previa por 1nedio de la denuncia. Establecer una síntesis de los hechos (denominada exordio). Declaración del denun– ciante que asevera o hay indicios de que se obligó a los subordinados, con base en

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