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Derecho Electoral de Latinoamérica 121 ción de los distintos órganos de representación popular el día de la jornada electoral, las cuales inician una vez que los partidos políticos obtienen el registro de sus candi– datos ante el órgano electoral correspondiente. Por lo tanto, un acto anticipado de precan1paña o campaña será aquel acto de pre– ca1npaña o catnpaña realizado durante el lapso que va desde la convocatoria para la celebración de las elecciones einitida por la autoridad administrativa electoral hasta antes del plazo legal para el inicio de las precatnpañas o campañas electorales. 5. A partir de los criterios de interpretación tanto normativos como resolutivos, se observa la argumentación que ha servido de base a la Sala Superior en el sentido de que pueden acontecer actos anticipados de carnpaña en el lapso comprendido entre la selección o designación interna de los candidatos y el registro constitucional de su can– didatura ante la autoridad electoral correspondiente, durante el desarrollo del propio procedimiento y antes del inicio de este, cuando dichas conductas sean ~jecutadas por cualquier militante, aspirante o precandidato. 6. Específicamente, de los cuatro casos de estudio resueltos por la Sala Superior, se observa la tendencia en sostener que los actos anticipados de cmnpaña son aquellos realizados por los 1nilitantes, aspirantes, precandidatos o candidatos de los partidos po– líticos, antes, durante o después del procedimiento interno de selección respectivo pre– viatnente al registro constitucional de candidatos, siempre que tengan cotno objetivo fundamental la presentación de su platafonna electoral y la protnoción del candidato para obtener el voto de la ciudadanía en la jornada electoral. En ese tenor, los actos anticipados de precatnpaña y catnpaña son ilegales solatnente si tienen como objeto presentar a la ciudadanía una candidatura o precandidatura en particular y se dan a conocer sus propuestas, requisitos estos que debe reunir una propaganda emitida fuera de los periodos legalmente permitidos para considerar que es ilícita. 7. Así, y de acuerdo con la Sala Superior, todo acto anticipado de precampaña re– quiere para su configuración tres elementos: a. El personal. Los que son realizados por los militantes, aspirantes o precandi– dato de los partidos políticos. b. El Subjetivo. Los actos tienen co1no propósito fundamental presentar supla– tafonna electoral y protnover al precandidato para obtener la postulación a un cargo de elección popular. c. Temporal. Acontece antes del proceditniento interno de selección respectivo y previamente al registro interno ante los institutos políticos. VI. Referencias bibliográficas Huber olea y Contró, Jean Paul (2006). El proceso electoral (derecho del proceso electoral), Porrúa, México.

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