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112 6. Los actos anticipados de precampaña: conceptualización y elementos para su configuración Como puede advertirse de los preceptos rranscritos, es clara la intención del legislador de regular las precampañas electorales a cargo de los institutos políticos y, co1no factor primordial de tal regulación, por supuesto que estableció: a) La prohibición de realizar actos anticipados de prccarnpaña electoral, sea por institutos políticos, aspirantes, pre– candidatos o candidatos a cargos de elección popular; b) Que constituye una infracción la realización de actos anticipados de precampaña electoral; y c) Que la infracción con– sistente en realizar los actos anticipados de precatnpaña a1nerita sanción de carácter ad1ninistrativo electoral. De acuerdo a lo anterior, se observa que la rcfonna en materia electoral en el Estado de Jalisco tuvo co1no base la suscitada en el ámbilo federal y por lo tanto se advierten similin1des en cuanto a lo que ambas regulan en el terna de precampañas, en donde se omitió en ambas reformas - federal y estatal- definir qué debe entenderse como actos anticipados de precampaña. III. Actos anticipados de precampaña electoral: argumento para conceptualizarlo Los actos de precarnpaña son legales, salvo cuando tales conductas no estén encamina– das a obtener las candidaturas en el interior del partido, sino a la difusión de plataforma electoral y a lograr el voto del electorado, ya que esa actividad es exclusiva de la etapa de campaña. En nuestro estudio, podernos citar que en la configuración de los actos de precampaña electoral deben darse todos y cada uno de los siguientes elementos 69 : 1.- Que se trate de reuniones públicas, asambleas, marchas y en general cualquier otro acto que itnplique dirigirse a afiliados, simpatizantes o al electorado en general. 2.- Que tales actos sean realizados por precandidatos a una candidatura (en el enten– dido de que precandidato "es todo aquel ciudadano que pretende ser postulado por un partido político corno candidato a cargo de elección popular, conforme al Código Electoral y a los Estatutos de un Partido Político, en el proceso de selección interna de candidatos a cargos de elección popular")7º; y 3.- Qu e tales actos, realizados por precandidatos a una candidatura, tengan el ob– jetivo de obtener su respaldo para ser postulados como candidatos a un cargo de elección popular. En esa tesitura, un acto anticipado de precampaíia será el que curnpla con todos esos elementos citados como acto de precampaña, solamente que efectuado, ilegalmente, a priori del plazo legal ordenado por la legislación electoral, para la realización de pre- 69 ,O Argumentos de la sentencia dictada por el Pleno del Tribtmal Elector,il del Poder Judicial del Estado de Jali sco, recaída al expediente identificado con las siglas y números I{;\ P-001/2009. Artículo 230, párrafo cuat1o, del Código Electoral y de Paiticipación Ciudadana del Estado de Jalisco.
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