Libro
Derecho Electoral de Latinoamérica 103 El análisis del régimen electoral, como ya es aceptado internacionalmente, empieza a parlir del índice de deinocracia electoral, cuya forma de 1nedirlo ha tenido una prolongada evolución en el inundo académico en los úlli1nos años. La metodología para construirlo fue dada a conocer en el "Informe sobre Desarrollo Humano 2002: Prqfúndizar la de,nocracia en un 1nundofi·ag1nentado ", publicado por PNUD. Dicho informe parte de cuatro co1nponentes, que si bien no pueden catalogarse como una 1nedida co1npleta para evaluar la de1nocracia, son básicos, siendo el primero el De– recho al Voto, que resulta luego de contestar la pregunta ¿tienen todos los adultos en un país derecho al voto? En Guatemala, como ya se explicó, resulta que no todas las personas con esa nacionali– dad y 1nayores de edad se encuentran inscritas en el Registro de Ciudadanos y por ello no pueden ej ercer sus derechos políticos. El TSE anunció el reciente 11 de agosto, fecha de cierre del padrón electoral, que el mismo incluye a 7.340.841 ciudadanos, "que significa un número sin precedentes" en la historia electoral del país, y que por pri1nera vez aparecían 1nás 1nujeres que ho1n– bres, ya que ellas suman 3.736.169 y ellos 3.604.672. Ta1nbién el RENAP publicó que en cuanto a sus actividades, realizó una tarea de orden histórico, pues se entregaron a la autoridad electoral 5.279.560 registros de guatemaltecos mayores de edad que comprobaron serlo mediante su correspon– diente certificación de nacimiento, de quienes 4.484.978 pasaron a fonnar parte del registro electoral y por consiguiente la in1nensa 1nayoría figura en el padrón electoral, lo que representa el 85% de los DPI ilnpresos, lo que fue calificado, por las autoridades, en fonna negativa y atribuido a la pcrc7.a, apatía e irresponsa– bilidad de "algunos" guatemaltecos, quienes como no recogieron su Documento Personal de Identificación o no acudieron a empadronarse, ahora no podrán ejercer el derecho al voto, olvidando que eso es responsabilidad del Estado y no de los ciudadanos, a quienes no se les puede achacar falta de ínicíativa, interés o descuido por no haberse e1npadronado, pues son varios los requisitos que el 1nismo Estado estableció que deben satisfacerse, sujetos a un procedimiento complejo, largo e innecesario, por lo que es Larea de congresistas y demús funcionarios públicos hacer una correcta interpretación de las disposiciones constitucionales y las con– tenidas en tratados y convenios internacionales que garantizan el derecho de todo ciudadano a participar en elecciones, lo que obviatnente empieza con asegurar a los 1nismos su inclusión en el registro electoral. A pesar de los cambios que Ciuatemala ha experimentado en los últimos años en mate– ría de registro cívíl y en el ámbito electoral, es signíficalivo el hecho de que la incor– poración de la totalidad de la ciudadanía al padrón electoral sigue constituyendo una asignatura que presenta déficit, pero que no deslegítüna el proceso electoral en marcha. EJ Estado, como sabeinos, es un fenómeno histórico en el que confluyen luchas por el poder y por los derechos, y en el caso puntual de la historia del documento de identi– ficación en Guatemala, el prünero de estos, la cédula de vecindad, co1no su "efectiva" aplicación para usos electorales fue precaria y luego, el que la sustituye, c1npczó su
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz