Libro web
92 1. Interpretar, reformar y derogar las leyes. 2. Expedir códigos en todos los ramos de la legislación y refor- mar sus disposiciones. 3. Aprobar el plan nacional de desarrollo y de inversiones pú- blicas que hayan de emprenderse o continuarse, con la de- terminación de los recursos y apropiaciones que se autoricen para su ejecución, y las medidas necesarias para impulsar el cumplimiento de los mismos. 4. Definir la división general del territorio con arreglo a lo pre- visto en esta Constitución, fijar las bases y condiciones para crear, eliminar, modificar o fusionar entidades territoriales y establecer sus competencias. 5. Conferir atribuciones especiales a las asambleas departamen- tales. 6. Variar, en circunstancias extraordinarias y por graves motivos de conveniencia pública, la actual residencia de los altos po- deres nacionales. 7. Determinar la estructura de la administración nacional y crear, suprimir o fusionar ministerios, departamentos admi- nistrativos, superintendencias, establecimientos públicos y otras entidades del orden nacional, señalando sus objetivos y De las leyes
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz