Libro

30 "QUINTO: El MUNICIPIO DE RIONEGRO reconocerá y pagará por concepto de perjuicios materiales -daño emergente- al señor YY la suma de quinientos noventa mil quinientos noventa y nueve pesos ($590.599,oo). "SEXTO: Se dará cumpl imiento a los artículos 176, 177 y 178 del Código Contencioso Administrativo. "SÉPTIMO: Se niegan las demás peticiones de la demanda. No hay costas. (fls. 875 y 876 cdno. ppal. 2• instancia - mayúsculas y negrillas del original). l. Antecedentes 1. Demanda y trámite de primera instancia 1.1. En escrito presentado el 7 de octubre de 1994, los señores XX y YY, quienes obran en nombre propio y en representación de sus hijos menores: AA, BB, CC, y DD, por intermedio de apoderado judicial, solicitaron que se declare al municipio de Rionegro - Hospita l Gilberto Mejia Mej ía, patrimonialrnente responsable de los perjuicios que les fueron ocasionados con motivo de las lesiones sufridas por la primera (fls. 15 a 22 cdno. ppal.). En consecuencia, deprecaron que se condenara a la entidad demandada a pagar: i) el equivalente a 1.000 gramos de oro para YY e igual suma a la señora XX, así como 200 gramos de oro para cada uno de sus hijos, i i) a título de perjuicios materiales, en la modalidad de daño emergente, $500.000,oo, derivados de gastos médicos y hospitalarios, a favor del señor YY, y iii) el lucro cesante que se encuentre probado en el proceso a favor de YY, quien tuvo que dejar de lado sus actividades productivas durante tres meses para atender la salud de su esposa. En apoyatura de las pretensiones se expusieron, en síntesis, los siguientes hechos (fl. 15 a 18 cdno. ppa l.): 1.1.1. El 22 de noviembre de 1986, los señores XX y YY, contrajeron matrimonio; de esta unión nacieron AA, BB, CC y DD. 1.1.2. El parto de DD se produjo el 16 de julio de 1993. Como consecuencia de este alumbramiento, el médico y la enfermera que atendieron a la parturienta, corno también la promotora rural. le sugirieron que adoptara medidas de planificación familiar, pues era una persona muy joven y ya tenia cuatro hijos. 1.1.3. la señora XX se interesó por comenzar la planificación y, bajo la orientación de los profesionales médicos, optó por el método del dispositivo intrauterino. l 6 1 l()(

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz