Libro

• Prohibir al agresor la realización de cualquier acto de enajenación o gravamen de bienes de su propiedad sujetos a registro. • Ordenar al agresor la devolución inmediata de los objetos de uso personal, documentos de identidad y cualquier otro documento u objeto de propiedad o custodia de la víctima. • Ordenar la prestación del servicio de alimentación y habitación para las mujeres que tengan un mayor riesgo, a través del sistema general de seguridad social en salud. Medidas de protección para ámbitos diferentes al intrafamiliar: • Remitir a la víctima, sus hijos e hijas a un sitio donde encuentren la guarda de su vida, dignidad e integridad y la de su grupo familiar. • Ordenar el traslado de la institución carcelaria o peni– tenciaria para las muieres privadas de la libertad. Denunciar la violencia es, además de un deber ciudadano, el primer paso para detener la violencia.

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