Violencia y discriminación contra las mujeres Acoso sexual e

28 Teoría del cam,oo v lo nudo vída una am/Jient(JC"ión de Ja ley 1719 de 2014 seguir una masculinidad militarr que es la esfera 1 que permite el desprecio hacia lo femen ino y parte de ese desp,reci_o hacia lo femenino conlleva a feminizar también a los hombres como una fonma de vio:lenda simbólica. Es una suba ltenizadón y destrucción del se r. Recordemos las grandes diff– cu Itades en los procesos de justicia y paz no están tanto en reconocer :los ho– micidios como delitos de máxrma gravedad sino en reconocer el conjunto de as violaciones sexuales en que se incurren en este marco absurdo de la violencia . En 1-a lógica analizada la nuda vida y la teoría del campo como Estado de excepción ocurre en múltiples espacio territoriales de nuestro país, donde la soberanía del Estado o b¡en no existe o si existe es demasiado frági l, de manera que se vive en una permanente situación de suspensi1ón o incapacidad de efi ca – cia de l marco normativo; en los conflictos armados colombianos, prácticamente ocurre de forma explicita un permanente Estado de excepción que deriva en que amp,l!as áreas geográficas están siempre subordinadas, teórica imente a los agen– tes leg it rmos del Estado que, no obstante, es incapaz de eliminar y en algunos otros eventos estln11ula el actuar de grupos no estatalles que op 1 eran por fuera de la ley y en forma paralela con el Estado. sin que respecten en ni n,g ú n momento, el orden normativo genera l, esta situac:i,ón que facilita el establec:[1miento de poderes soberanos pero divergentes ar Estado y con la capacidad de ímponer sus propias reg las suspendiendo en la practica el orden jurídico que rige el país, y lamentablemente con beneplácito de las autoridades publicas, cuestión que ge– nera una ambigüedad insoportable entre la legalidad e ile,galidad ante muchas personas de 1:a geografía nacional . Es tan crón ica esta situación que son campos en donde la excepción a la le– galidad se tornan permanentes, podria se1ñalarse que existen amplios territorios del país por fuera del orden jurídico normal. Así integren el espacio legít imo del terntodo. En estas zonas la conciencia entre lo ticito e il icito no exister es un hibrido de derecho y de hecho en que los térm:inos se han hecho indiscernibles, la fuente inmedi'ata de la regla por obedecer la voz viva de quien ejerce el poder que se t ransforma por si misma en norma. Por supuesto si esta ausente la capa– cidad protectora del Estado, por que ha sido suplantada por soberaniías irregu- 1.ares este Estado en el campo de excepción supone que la ley se suspende y que solo impera las normas arbitrarias que impongan, por lo tantor deben ser acata– das en la lóg ica de una excepcional idad permanente; la vida esta abso lu tamente desproteg¡ida y existe un absoluto despreci o por los ·derechos de amparo mínimo.

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz