Libro

l1 SEXTO ºA1'1H ·1,1u. ;Ell V CONHICTO Aql,IAOo· A CA,Q,GO OE ~,\S l<lPlliSUllANHS OE OOGANIZACICllU $0CIAUS Segundo. la def'lnlción de Ylofenda Sexual. El testimonio que rindió ayerVivlana fue absolutamente claro acercade !a necesidad d,eque se d-ef1na de manera exacta y precisa que vamos a entender porviolencia sexual en el marco deconflicto armado, a !a cua! se Se va a aP'car el principio regulatorio del marco ju1idlco para la paz. El desarrof?o de la pditka de prlocizaclón y selección deber.i acoger un concepto de viofencia sexual en el conflicto, garante de tos der&hos de las mujeres y o:lentado a la superadón d,e las barTeras que en !a actualidad genera. porque las estángenerandoa las mujeres. \lh,tiana fue clarfstma en su testimonio, la inex:lstencla de un. a iterio claro para establecer el nexo con el confbcto de !os orfmenes sexuales que en todocaso acOja la categoría de riesgo prevista en el auto092. Tercero, en la definición de representatlvidad "I gr~dad tenemos también que ha~erundesarrollo panicular y espedtko frente a !os crímenes de 'lielencia sexuat El marco j\Jrfdlco para la paz establece que la selección de casos deber.i dar cuenta, entre otros, de la representatlvidad y de !a gravedad. Pues bien nosotras consideramos: l. Que cuando se examinen estos a lterlos se debe tener en cuenta el n~e! de afectación ocasionada a las víctimas sobrevMentes y, sobre todo, la reproduceión en la soeiedad con cada crimen de W>lencia sexual de los patrones de \llolenda y dtscrJrnJnación. 2.. Estos crtteriOs de gravedad y derepresentatMdad nopueden ser tosmtsmos que se apliquen a otras\lto!aclOnes aderechos humanos. De manera partlC\Jlar no se puede, por ejemplo, catiflcar la gravedad de la violenc.ia sexual pot la afectaelón causada en las comunidades, porque muchas veces. to sabemos, no han sldo las comunidadesJustamente las que han tenido el conocimiento de tos hechos de vlo!encl.a sexual, desde ahf no podemos hacer la <'ali&aeiónde ll! g1.lwdad, pero tampoco la calificacidn <fo la 1epniSMtatMdad de la m.an{ 'ra como nadiciona'.mPnte 1)V('dc h./lcl!(SP <PS1>ccto de otl'O$ c,fm.PMS, po:quc k)s PfP<:tos simbóticos d.(! fa IAOl¡;>ni:;la sexual nop-ucdPn $P.t' conoretad0$ a p._lrtir, poi {'jPmplo, rlc- la i!Uftra<:ión exC(!$?\lsl d{' la barbatiPod.ctl ho«oi poi las miv.l.as c32ones. 3. l.adeflni<'ióndelos m~,cimos r¡;>sponsabtes.confoimeafaS(lnt¡;>nc1a,{'lma100 Jur'ídico, la Co.'te explicó que ¡;>I con<'¡;>pto d{' tos m.á,cimos cesponsablcs no $<' id<-ntifica neC'!t.iriament¡;> con ~ J~fo del gnJP<» sino <'on crit<11tos i¡;>laCk)nado-s oon un nexo, con p( pl,.:in, o oon la 1>o!fr-ca. Pv"$ biPn desd" l:i pe>~P<:Vlr.l de las mujl"tes víctimas di!' vio!Pnci/1 S.(!><ual, fo¡; m,á)(imos i~sponsable>s dt> l,l vio!e-ncia s¡;>xual abarcan umro a fos ª~"so1es di1e>ct0$, abarcan a los ag1e>so1es indim-etQS, lo cu,.:il tiene 1es1>aldo afo1t1,madament" cm la dnflnieióngPnPl'al acogida por la <:ottC' Constitu,cional. COOSQOSU~l!IOI!CE t.A.r.iolC.\ruAA

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz