Acceso a la justicia a poblaciones vulnerables Personas en c

13 T-821 de 2007; T-159 de 2011 y T-211 de 2015 Corte Constitucional Restitución de tierras despojados y desplazados a las mismas; y el segundo, gravitó en torno al modelo de cierre financiero de las viviendas, dado que los hogares no contaban con fuentes adicionales de recursos económicos como serían los ahorros privados o el acceso a líneas de crédito hipo­ tecario” (CC T-885 de 2014). La Corte Constitucional se ha referido también a la problemática del des­ plazamiento y su impacto cuando se trata de mujeres y niñas (auto de seguimiento 092 de 2008 a la sentencia CC T-025 de 2004). Esto pues su condición de género aumenta tan­ to riesgos particulares como vulnerabilidades específicas, con lo cual se generan cambios en sus vidas y las expone a nuevos roles que potencian su discriminación en una cultura prejuiciosa en razón de su g énero (auto de seguimiento 092 de 2008 a la sentencia CC T-025 de 2004) . Entre los aspectos más importantes que la jurisprudencia ha resaltado se encuentran: “La violencia sexual contra la mujer es una práctica habitual, extendida, sistemá- tica e invisible en el contexto del conflicto armado colombiano, así como lo son la explotación y el abuso sexuales, por parte de todos los grupos armados ilegales enfrentados, y en algunos casos aislados, por parte de agentes individuales de la Fuerza Pública” (auto de seguimiento 092 de 2008 a la sentencia CC T-025 de 2004). “Lo que resulta más grave es que sobre este tipo de violencia se desarrolla un triple proceso de invisibilidad oficial y extraoficial, silencio por parte de las víctimas, e impunidad de los perpetradores […] Este triple proceso, provee el fundamento para la vulneración de los derechos de las víctimas a la justicia, verdad, reparación y garantía de no repetición y obstaculiza la investigación estatal de los hechos con- tribuyendo a su turno a fomentar la casi total impunidad de crímenes tan atroces” (auto de seguimiento 092 de 2008 a la sentencia CC T-025 de 2004). Las mujeres pertenecientes a grupos poblacionales tradicionalmente margi­ nados como los pueblos indígenas y afrodescendientes son víctimas de mayores obstáculos para acceder a sus derechos (Auto de seguimiento 092 de 2008, a la sentencia CC T-025 de 2004).

RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz