Acceso a la justicia a poblaciones vulnerables – Personas af

3 Fueron reconocidas en la Ley 70 de 1993 como “conjunto de familias de ascendencia afrocolombiana que poseen una cultura propia, comparten una historia y tienen sus propias tradiciones y costumbres dentro de la relación campo-poblado, que revelan y conservan conciencia de identidad que las distinguen de otros grupos étnicos” (CC T-576 de 2014 y T-422 de 1996). Comunidades Negras Palenqueros La jurisprudencia no ha dado una posible definición. Para efectos de política pública se hace uso de la realizada por el Documento Conpes 3660, citado en la sentencia C-282 de 2013: “Es la conformada por los descendientes de los esclavos que mediante actos de resistencia y de libertad, se refugiaron en los territorios de la costa norte de Colombia desde el siglo XV, denominados palenques”. Raizales Este grupo étnico está constituido por los nativos ancestrales del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. “La cultura de las personas raizales de las Islas es diferente de la cultura del resto de los colombianos, particularmente en materia de lengua, religión y costumbres, que le confieren al raizal una cierta identidad” (CC C-530 de 1993, C-1022 de 1999 y C-605 de 2012). T-680 de 2012 Corte Constitucional Islas del Rosario - Titulación colectiva ¿Es peyorativo o discriminatorio el término comunidades negras o personas de raza negra ? No. “Es factible que en el pasado, fuera socialmente aceptado que la palabra ‘negro’ se asociara con significados negativos. Sin embargo, en el nuevo contexto históri- co global, y en particular en Colombia después de promulgada la C.P. de 1991, el término negro o comunidades negras asociado con la raza, se vio desprovisto de connotaciones racistas, y adquirió un sentido de reivindicación de los derechos de un grupo étnico marginado en el pasado” (CC C-253 de 2013). Dentro de esta población se identifican como grupos étnicos específicos a las comunidades negras, palenqueras y raizales .

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