Acceso a la justicia a poblaciones vulnerables – Personas af
17 Una justicia sensible a mis necesidades Para que el sistema judicial se convierta en un aliado de la protección de los derechos de las personas afrocolombianas, las comunidades negras, raizales y palenqueras es necesario que se adapte a las necesidades especiales de justicia que requieren dichas personas y comunidades. En esta tarea resulta fundamental poder distinguir las múltiples y subrep- ticias formas en las que se presentan la discriminación y, en especial, los actos discriminatorios. La jurisprudencia ha demostrado que “son muchos y variados los actos de discriminación a los que puede verse enfrentada una persona” (CC T-691 de 2012) . Los actos discriminatorios pueden: Provenir de distinta clase de individuos o instituciones. Tener diferentes grados de impacto. Ocurrir en contextos y situaciones distintas (CC T-691 de 2012). Además, los actos de discriminación pueden ser de carácter consciente o inconsciente. Es decir, “la persona que comete el acto puede tener intención o no de discriminar, incluso puede no darse cuenta que se trata de tal tipo de acto, ni antes ni después de cometido” (CC T-691 de 2012). Por tanto, desde la perspectiva de la protección del derecho a la igualdad y la no discriminación, “lo relevante del acto, desde la perspectiva de la protección del derecho a la igualdad y la no discriminación, por lo tanto, no es la existencia de un propósito de dañar o discriminar, es la existencia o no de un acto que afecte CE 11001-03-24-000-2013-00128-00 de 2015 S1 Consejo de Estado Consulta previa a comunidades indigenas y afrodescendientes
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