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8 A cuerdo Colectivo 2017 A rtículo 30. Fortalecimiento áreas de bienestar, seguridad y salud en el trabajo. En atención a los compromisos asumidos por la alta Dirección de la Rama Judi- cial, mediante Acuerdo PSAA 16 -10560 de 2016, y para la cabal ejecución de las Políticas del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo de la entidad, el Consejo Superior de la Judicatura continuará gestionando ante las instancias competentes la asignación de los recursos necesarios para la ampliación de la planta de personal administrativo de la Rama Judicial, a fin de fortalecer las áreas de Bienestar Social, Seguridad y Salud en el Trabajo, tanto a nivel nacional como seccional. Estas áreas deben ejercer sus funciones en estrecha y armónica coordinación con la ARL y los COPASST Nacional y Seccionales, debiendo suministrar al Observato- rio de Salud creado en el Acuerdo Colectivo de 2016, la información que requiera para el desarrollo de sus actividades. Artículo 31. Observatorio de salud - COPASST. La Dirección Ejecutiva de Administración Judicial suministrará al Observatorio de Salud y al COPASST Nacional la información requerida para el cumplimiento de sus funciones. Los COPASST Nacional y Seccionales efectuarán el seguimiento al cumplimiento de las obligaciones a cargo de la ARL, de que tratan los artículos 8º y 11 de la Ley 1562 de 2012, la Resolución 2646 de 2008 y demás normas que regulan esta materia; instancias que informarán a la Dirección Ejecutiva para que se adopten las medidas pertinentes. Artículo 32. El Consejo Superior de la Judicatura continuará brindando apoyo a las actividades de los COPASST y del Observatorio de Salud creado en el Acuerdo Colectivo del año 2016, en lo requerido para el logro de las metas y propósitos definidos en el Acuerdo PSAA 16 -10560 de 2016 y la normatividad vigente. Dichos requerimientos serán evaluados y atendidos, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal, con el compromiso del Consejo Superior de la Judicatura, de facilitar el funcionamiento y operación del COPASST y del Ob- servatorio de Salud. En tal sentido, la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial emitirá una circu- lar instando a los nominadores y demás funcionarios a facilitar la participación del personal a su cargo en las actividades y programas de estos organismos. Artículo 33. La Rama Judicial, con el apoyo de la ARL continuará capacitando de manera permanente a los COPASST, comités de convivencia laboral, las brigadas
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