Lista de verificacion
51 LISTA DE VERIFICACIÓN. HERRAMIENTA VIRTUAL DE APOYO PARA LA IDENTIFICACIÓN E INCORPORACIÓN DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO DESDE EL ENFOQUE DIFERENCIAL DE LAS SENTENCIAS JURISPRUDENCIA NACIONAL SELECCIÓN DE ALGUNAS REFERENCIAS JURISPRUDENCIALES A NIVEL NACIONAL CORPORACIÓN Sentencia T-590 de 1998 (M. P. Alejandro Martínez Caballero): Tema: La Corte Constitucional declaró el “Estado de Cosas Inconstitucional” y requirió políticas concretas dirigidas a la protección de los defensores de derechos humanos. Se hizo un reconocimiento de los Derechos Humanos de las mujeres. Y también se hace un llamado a las autoridades para adoptar políticas concretas dirigidas a la protección de los defensores de derechos humanos. Corte Constitucional Sentencia HITO T- 025 de 2004 (M. P. Manuel José Cepeda): Tema: la Corte decidió adoptar medidas de protección de los derechos fundamentales de las mujeres desplazadas por el conflicto, a propósito de 600 mujeres víctimas de alguno(s) de los factores de vulnerabilidad. Corte Constitucional Auto 092 de 2008 Sala de Seguimiento de la Sentencia T-025 de 2004 (M. P. Manuel José Cepeda): Tema: Necesidad de adoptar un ”enfoque diferencial” en relación con las mujeres víctimas del desarraigo, que sufren la guerra de una manera diferente. La Corte identificó dieciocho (18) facetas de género de desplazamiento forzado, es decir, aspectos del desplazamiento que impactan de manera diferencial, específica y agudizada a las mujeres, por causa de su condición femenina en el marco del conflicto armado colombiano, entre las que se encuentran: “obstáculos agravados en el acceso a la propiedad de la tierra y en la protección de su patrimonio hacia el futuro, especialmente en los planes de retorno y reubicación”. Concretó como Medidas de Enfoque Diferencial, tomar en cuenta como presupuesto fáctico: el impacto desproporcionado, en términos cuantitativos y cualitativos, del conflicto armado interno y del desplazamiento forzado sobre las mujeres colombianas; como presupuesto jurídico: Las mujeres desplazadas como sujetos de protección constitucional reforzada por mandato de la Constitución y de las obligaciones internacionales del Estado colombiano en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. Definió como variables para las mujeres en el conflicto, con enfoque diferencial y factores de vulnerabilidad los siguientes: i. Explotación o esclavización para labores domésticas y roles femeninos. ii. Violencia sexual. iii. Reclutamiento forzado de sus hijos o hijas. iv. Señalamiento por relaciones familiar con personas de otros grupos armados o de la fuerza pública, Asesinato o desaparición de su proveedor económico. v. Desintegración social. vi. Por pertenencia a organizaciones sociales, comunitarias, políticas de mujeres, o por labores de liderazgo y promoción de derecho humanos. vii. Imposición de códigos de comportamiento público y privado por medio de la fuerza armada. viii. Despojadas de la tierra y de su patrimonio con mayor facilidad. ix. Pérdida o ausencia de su compañero o proveedor económico en el proceso de desplazamiento. x. Discriminación y vulnerabilidad en mujeres indígenas y afrodescendientes. Corte Constitucional Sentencia T-496-08 (M. P. Jaime Córdoba Triviño). Tema: Acción presentada en representación de mujeres víctimas del conflicto interno contra el Ministerio del Interior y de Justicia y la Fiscalía General de la Nación, al considerar que no se respetaron sus derechos fundamentales en el marco de las garantías de las Ley de Justicia y Paz. Corte Constitucional Auto 004 de 2009 (M. P. Manuel José Cepeda): Tema: Intimidación de las autoridades indígenas. Recordó que el asesinato selectivo de autoridades tradicionales y personas destacadas de las comunidades indígenas suele obedecer a la intimidación, a la voluntad de generar desplazamiento individual, familiar o colectivo. Corte Constitucional
Made with FlippingBook
RkJQdWJsaXNoZXIy NzAxMjQz