Informe final de la Comisión de la Verdad, sobre los hechos del Palacio de Justicia

Jorge Aníbal Gómez Gallego, José Roberto Herrera Vergara, Nilson Pinilla Pinilla 87 de las fuerzas públicas en la ciudad de Santafé de Bogotá el día 30 de septiembre de 1985. 144. Este hecho lo confirman las pruebas no desvirtuadas que fueron aportadas a la investigación penal militar, a la investigación disciplina- ria adelantada por la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional, y al proceso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, 5 las que describen y califican la manera como fueron muertos por miembros de la Policía Nacional el día 30 de septiembre de 1985 en las horas de la mañana, en distintos barrios del suroriente de la ciudad de Santafé de Bogotá, 11 miembros del M-19 que participaban en la repartición de leche en el Barrio San Martín de Loba. 6 8. La CIDH concluyó: […] el Estado colombiano no cumplió en este caso con su obligación de respetar y garantizar los derechos de las personas que caen fuera de com- bate, que se encuentran involucradas en un conflicto armado interno. La ejecución extrajudicial de las 11 víctimas constituyó una flagrante violación del artículo 3 común de los Convenios de Ginebra, pues los agentes del Estado estaban obligados a tratar en toda circunstancia humanamente a todas las personas que se encontraban bajo su control, a causa de heridas sufridas, rendición o detención, sin importar que hubieran participado o no en las hostilidades anteriormente. 9. La Corte Suprema de Justicia, por su parte, en marzo de 2008, 7 23 años después de ocurridos los hechos, decidió, en relación con las muertes de Javier Bejarano, José Alberto Aguirre, Jesús Fernando Fajardo Cifuentes y Francisca Irene Rodríguez Mendoza y las lesiones a Leonardo Bejarano, declarar fundada la causal de revisión invocada a favor de las víctimas por el Procurador 3° Judicial Penal II de Bogotá. 10. La causal de revisión invocada está delimitada en el numeral 4° del artículo 192 de la Ley 906 de 2004, el cual, conforme a la sentencia de la Corte Constitucional C-004 de 2003, constituye una nueva circunstancia, 5 Sentencia de primera instancia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y de segun- da instancia: Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección Tercera, C. P. Doctor Carlos Betancur Jaramillo. Santafé de Bogotá, D.C., diciembre 14 de 1993. Exp. Nº. 8738. Actor: Adolfo Ribón Rivera y otros. 6 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Informe Nº 26/97. óp. cit. 7 Proceso No 26703, Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal. M. P. Sigifredo Espinosa Pérez, aprobado Acta Nº 52, Bogotá, D.C., 6 de marzo de 2008.

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