Informe final de la Comisión de la Verdad, sobre los hechos del Palacio de Justicia
Informe final de la Comisión de la Verdad sobre los hechos del Palacio de Justicia 414 2. Las reparaciones deberán contemplar un cuidadoso y respetuoso acom- pañamiento en materia de salud mental, con pleno respeto de la decisión de las víctimas y mediante métodos aprobados por ellas.El Estado deberá brindar atención médica, psicológica y/o psiquiátrica adecuada y efectiva, por medio de instituciones especializadas, a los sobrevivientes que fueron víctimas de detención, malos tratos o torturas, así como a los familiares de las personas desaparecidas en los hechos del Palacio de Justicia, por el tiempo que sea necesario. En este sentido, debe darse particular aten- ción a la situación de las mujeres que fueron víctimas de malos tratos y torturas, cuya integridad física y psíquica se vio especialmente afectada. 3. Al gobierno nacional, a la Fiscalía General de la Nación y a la Rama Judicial, la Comisión recomienda que se redoblen los esfuerzos por hallar los restos humanos de las personas que fueron detenidas y posteriormente desaparecidas. Para ello, se deberán usar las técnicas más modernas de la antropología forense, recabar el concurso de equipos asesores inter- nacionales en la materia y, principalmente, obtener la información de los presuntos perpetradores de estos crímenes. Los familiares deben estar permanentemente informados de estas tareas. 4. Al gobierno nacional, a los integrantes del disuelto grupo guerrillero M-19, al ex presidente Belisario Betancur, a los altos funcionarios de su gobierno en noviembre de 1985 y a los líderes de los partidos políticos, la Comisión los exhorta a que contribuyan con la reparación de las víctimas mediante gestos y reconocimientos, públicos y privados, por los cuales las víctimas sientan que se comparte su dolor, se expresen disculpas por lo que se hizo o lo que se dejó de hacer y se reitere el compromiso compartido por evitar la repetición de atrocidades. 5. Al gobierno nacional, a la Corte Suprema de Justicia, al Consejo Superior de la Judicatura y a la Alcaldía Mayor de Bogotá, la Comisión reco- mienda que se implementen medidas para conmemorar adecuadamente los luctuosos hechos de noviembre de 1985 y que, en consecuencia: a) Se tramite otra ley para honrar la memoria de las demás víctimas civiles, incluidas las personas desaparecidas en los trágicos hechos del 6 y 7 de noviembre de 1985, en adición al reconocimiento que se les hizo en la Ley 1056 de 2006 a quienes eran servidores públicos. b) Después de tres años de expedida, debe exigirse el cabal cumplimien- to de lo dispuesto en la Ley 1056 de 2006, incluida la erección del monumento a la vida en la plazoleta del Palacio de Justicia.
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