Informe final de la Comisión de la Verdad, sobre los hechos del Palacio de Justicia

Jorge Aníbal Gómez Gallego, José Roberto Herrera Vergara, Nilson Pinilla Pinilla 39 que dio la Ley de Amnistía traería muchos problemas que mediante la ley de indulto se intentarían resolver más adelante. 21 23. El número exacto de personas que se acogieron a esta medida de excepción no fue plenamente confirmado. Mientras el general Miguel Vega Uribe habló de un total de 403, 22 Eduardo UmañaMendoza, defensor de pre- fueron liberados otros presos, no todos salieron en virtud de la amnistía. 23 24. Mientras tanto, las voces de protesta en el estamento militar iban en aumento. En entrevista concedida en octubre de 1982, el entonces ministro de Defensa, general Fernando Landazábal Reyes, señaló: “Cuando se ha estado a punto de obtener la victoria militar definitiva sobre los alzados en armas, la acción de la autoridad política interviene trasformando sus derrotas en victorias de gran resonancia… Esperemos que ésta sea la última amnistía”. 24 25. Éste era un sentir generalizado entre los miembros de las Fuerzas Armadas. En entrevista con la Comisión de la Verdad, el coronel (r) Luis Al- fonso Plazas Vega adujo que la Brigada de Institutos Militares (BIM), bajo el mando del general Vega Uribe, “logró el desmantelamiento del grupo subversivo”. Al auge del M-19, le siguió el éxito de las Fuerzas Militares en 1979, con la captura de más de 200 guerrilleros, pero “luego vino el triunfo político de la subversión”, con la amnistía y el indulto. 26. Para los guerrilleros, los miembros de la Comisión de Paz y sectores del mismo gobierno, la amnistía no era sinónimo de paz. En palabras del senador Germán Bula Hoyos, cuando presentó la ponencia de dicha ley en el Congreso, “[la amnistía] es la puerta de oro que puede permitirles a los colombianos empezar a recorrer un largo camino de rectificaciones, de reformas, de cambios sustanciales”. 25 21 En julio de 1985, se aprobó la ley de indulto por el congreso. El indulto sería aprobado por el Presidente, en cada caso particular, por delitos de sedición, rebelión o asonada y delitos conexos salvo secuestro, extorsión y homicidio fuera de combate. Esta ley era más limitada que la ley de amnistía, pues excluía además del homicidio fuera de combate, la extorsión y el narcotráfico, pero tomaba medidas de prevención para que los indultados no retornaran a sus actividades militares, ni portaran armas. Según Socorro Ramírez, de esta manera se pretendía resolver un problema complejo, cual era el de las armas y el de la reincorporación de los guerrilleros a la vida civil. Ramírez, óp. cit., p. 186. 22 Landazábal, Fernando. El precio de la paz. Bogotá: Planeta, 1985, p. 44. 23 Ramírez, Socorro. óp. cit., p. 98. 24 Citado por Villamizar, óp. cit., p. 283. 25 Citado por Ramírez, Socorro. óp. cit., p. 96.

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