Informe final de la Comisión de la Verdad, sobre los hechos del Palacio de Justicia

Jorge Aníbal Gómez Gallego, José Roberto Herrera Vergara, Nilson Pinilla Pinilla 289 de súplica consistió en la falta de aplicación del artículo 3° común a los cuatro convenios de Ginebra, aprobados mediante la Ley 5ª de 1960. Para la Sala Plena este cargo era improcedente, debido a que exigía una nueva valoración de los medios de prueba acopiados en el expediente. Esta decisión única- mente tuvo un salvamento de voto por parte del consejero de Estado Rafael Ostau de Lafont Pianeta, en el cual plasmó los siguientes planteamientos: En cuanto a esas apreciaciones de la situación procesal dada en el recurso, estimo que no corresponden a la realidad de la misma por cuanto es un hecho notorio, y por consiguiente no se requiere de prueba alguna, que fue desproporcionada la actividad militar y policiva que se desplegó bajo la dirección o mando del General Jesús María Arias Cabrales para la retoma del Palacio de Justicia en los infaustos y bár- baros acontecimientos originados por la incursión violenta y armada del grupo guerrillero denominado M-19 en las instalaciones de ese recinto que albergaba las altas cortes de la Rama Judicial, los días 6 y 7 de noviembre de 1985. Igualmente, es un hecho notorio, y por ende no requiere de prueba al- guna, que dentro de esa actividad el General Arias Cabrales no dispuso las medidas necesarias para proteger a los civiles que se encontraron atrapados en la confrontación armada de las fuerzas regulares del Estado con el grupo guerrillero que tenía tomados los recintos del Palacio de Justicia, ni siquiera a todos los que fueron rescatados con vida. En efecto, la fuerza que se utilizó por la tropa militar y policial fue desmedida, toda vez que el fuego empleado para la retoma fue excesivo en volumen, intensidad y grosor del calibre, así como in- discriminado, en todo lo cual se puso en riesgo grave e inminente la vida e integridad física de los rehenes y demás civiles que quedaron encerrados en la edificación. Es un hecho igualmente notorio que muchos de los civiles que falle- cieron en el interior del Palacio, en su gran mayoría fueron víctimas del fuego cruzado, incluso de grueso calibre. 54. El otro proceso disciplinario que se enmarca en las decisiones re- lativas al manejo de la operación militar por parte de los oficiales militares y de Policía, consiste en la investigación desarrollada por la Procuraduría Delegada para la Policía Nacional en contra del general Delgado Mallarino en su calidad de director general de la Policía Nacional, principalmente por su decisión de no suspender el operativo desplegado en la terraza, sobre el

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