Informe final de la Comisión de la Verdad, sobre los hechos del Palacio de Justicia

Informe final de la Comisión de la Verdad sobre los hechos del Palacio de Justicia 276 […] no terminan con una decisión de fondo o fallo de mérito en que se determinen responsabilidades, sino simplemente con un informe, el cual “se enviará a los Jueces competentes para lo de su cargo”, bien sea que dichos jueces pertenezcan a la jurisdicción ordinaria, Penal Militar o Especial, en el caso de los altos funcionarios del Estado, puesto que no se le atribuye al Tribunal competencia alguna para conocer y decidir sobre los delitos investigados. 3 4. Los magistrados designados fueron Jaime Serrano Rueda y Carlos Upegui Zapata, quienes presentaron su informe el 31 de mayo de 1986, el cual fue publicado por decisión del Ejecutivo en el Diario Oficial del 17 de junio del mismo año. La investigación se adelantó con la colaboración de los juzgados 9, 23, 27, 30, 35, 41, 77, 82 y 89 de Instrucción Criminal Ambulante, y las principales conclusiones plasmadas en el informe determi- naron la responsabilidad única y exclusiva del M-19 en el ataque y ocupación del Palacio de Justicia, y por ende la ausencia de responsabilidad tanto del Presidente, como de los mandos militares que asumieron la dirección del operativo castrense. 5. No obstante, en el informe se afirma que durante las investigaciones se establecieron “conductas irregulares que deben ser esclarecidas plenamen- te, ellas evidencian procederes individuales, aislados, ejecutados por fuera de las órdenes superiores impartidas, ajenas a la institución militar. Deben ser, en consecuencia, materia de especial averiguación en cuanto puedan constituir infracciones de índole penal”. Los comportamientos denomina- dos como irregulares consistían en hechos que podían llegar a constituir conductas punibles, como desaparición forzada, ejecuciones extrajudiciales y torturas, las cuales, según el Tribunal, correspondían a “conductas ajenas a la institución militar”. Sin embargo, las investigaciones fueron remitidas al conocimiento de la justicia penal militar. 4 6. Los resultados de la investigación del Tribunal Especial, a pesar de haber contado con importante material probatorio, no condujeron al esclarecimiento de eventos clave, como las circunstancias en que murieron 3 Ibíd. 4 Conclusión decimocuarta del Informe del Tribunal Especial de Instrucción sobre el Ho- locausto del Palacio de Justicia.

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