Informe final de la Comisión de la Verdad, sobre los hechos del Palacio de Justicia

Informe final de la Comisión de la Verdad sobre los hechos del Palacio de Justicia 230 innegable que su determinación en cualquier investigación criminal es de vital importancia, ya que podría vincular el deceso a un evento diferente o, incluso, a responsables distintos, lo que ocultaría hechos de mayor entidad. Por ello los errores mostrados en el caso bajo examen implican una grave responsabilidad. 193. Para un mejor entendimiento de lo expresado, en la Tabla 3 se compara la información del día y la hora del levantamiento del cadáver, de la data de muerte registrada en el acta respectiva, del ingreso del cadá- ver al Instituto de Medicina Legal, de la necropsia y de la data de muerte registrada en el protocolo de necropsia respectivo. 107 Sobre los estudios balísticos 194. Es importante mencionar aquí los aspectos balísticos generales ati- nentes al caso. De acuerdo con los parámetros de la época, necesariamente se realizaban análisis balísticos en aquellos casos en que los fallecimientos eran causados por proyectil de arma de fuego. Los dictámenes balísti- cos asociados a los protocolos de necropsia, así como los resultados de análisis balísticos posteriores, reflejados en el oficio 343-86-DC-LB, del 8 de mayo de 1986, dirigido al Juez 77 de Instrucción Criminal por el Jefe del Laboratorio de Balística del Instituto de Medicina Legal, parecen ser bastante completos y reflejan un acucioso trabajo. No obstante, la muestra analizada se encuentra incompleta, debido a que los peritos tuvieron dis- ponibles para análisis sólo 11 de 40 armas, todas ellas incautadas al M-19 durante y con posterioridad a los hechos, porque no todas las armas fueron puestas a disposición para este fin. 195. Además se contó para el análisis con los proyectiles provenien- tes sólo de 21 cuerpos, pero esta cantidad no coincide con el número de afectados; además, no de todos los cuerpos se recuperaron los proyectiles relacionados con el deceso. Al momento del peritaje reseñado en el oficio de mayo de 1986, las armas se encontraban en el Almacén de Armamento del Batallón de Servicios 13 de la XIII Brigada. 107 En aquellos casos donde no existe información es porque ésta no se precisa en el documento.

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